BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 29/06/11

Icon_PDF_6DECRETO ACUERDO Nº 2847-G.-

EXPTE. Nº 500-142/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2009.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otorgase, a partir del 1º de marzo de 2009, al personal docente, un Suplemento No Remunerativo No bonificable de Pesos doscientos ($200,00) por  cargo,  cada 15 horas cátedra de Nivel  Medio y 12 horas de Nivel Terciario, reconociéndose un máximo de dos asignaciones  por persona. Para los cargos de Jornada Completa y  Albergue Anexo el Suplemento antes mencionado será de Pesos cuatrocientos ($ 400.00).-

ARTICULO  2º.- Otórgase, a partir del 1º de marzo de 2009,  al personal docente, del Nivel  Inicial y Primario y del Nivel  Medio y Superior No Universitario, un Adicional No Renumerativo conforme los montos consignados en los Anexo I y II, respectivamente; y el impacto que dicho adicional alcanza según la situación particular de los docentes conforme lo expuesto en el exordio.

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR