BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 22/11/17
ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA Y SIETE. – N° 57– Sección “a”. Aumento de capital social de la sociedad “Ab Construcciones S.R.L.” por capitalización de aportes irrevocables. Cesión de cuotas sociales otorgada por Hugo Alexander a favor de Carolina Alexander, Carmen Alexander, Juan José Alexander y Alejandro Alexander.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a veintiocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete, ante mí, Verónica Patricia De Tezanos Pinto, Escribana autorizante, Adscripta al Registro número Uno, comparecen los cónyuges en primeras nupcias, el señor Hugo Alexander, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número 7.645.939, C.U.I.T. 20-07645939-9, nacido el día 11 de octubre de 1948, de profesión Comerciante y la señora Carmen Gloria Balut, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 6.435.163, C.U.I.T. 27-06435163-5, nacida el día 21 de mayo de 1950, de profesión Licenciada en Psicología, ambos con domicilio en Avenida Fascio número 976 de esta ciudad; la señora Carolina Alexander, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 22.561.696, C.U.I.T. 27-22561696-0, nacida el día 13 de diciembre de 1971, divorciada, de profesión Escribana, con domicilio en calle Lamadrid número 665 de esta ciudad; la señora Carmen Alexander, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 23.581.815, C.U.I.T. 27-23581815-4, nacida el día 21 de febrero de 1974, casada en primeras nupcias con Adrián Esteban Siufi García, de profesión Licenciada en Relaciones Internacionales, con domicilio en calle Padre Pedro Lozano número 240 del Barrio Los Perales de esta ciudad; el señor Juan José Alexander, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número 25.377.157, C.U.I.T. 20-25377157-8, nacido el día 25 de mayo de 1976, casado en primeras nupcias con María Sofía Pasquini, de profesión Contador Público Nacional, con domicilio en Avenida Fascio número 976 de esta ciudad y el señor Alejandro Alexander, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número 31.036.155, C.U.I.T. 20-31036155-1, nacido el día 21 de julio de 1984, casado en primeras nupcias con Josefina Agostini, de profesión Empresario, con domicilio en Avenida Fascio número 976 de esta ciudad, a quienes afirmo conocer de conformidad a lo normado en el inciso b) del artículo 306 del Código Civil y Comercial de la Nación. Los comparecientes manifiestan con carácter de declaración jurada que no se encuentra en trámite, ni restringida ni limitada su capacidad jurídica para el presente otorgamiento. INTERVIENEN por sus propios derechos y dicen: PRIMERO: Que los señores Hugo Alexander, Carolina Alexander, Carmen Alexander, Juan José Alexander y Alejandro Alexander revisten el carácter de únicos socios de la sociedad “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.”, CUIT 30-57637424-7, con domicilio legal en Avenida Almirante Brown número 198 de esta ciudad, justificando la existencia de la sociedad y la personería que invocan con los siguientes instrumentos que en originales exhiben y en fotocopia autenticada agrego al legajo de comprobantes: 1) Contrato de constitución de la sociedad, de fecha 20 de diciembre de 1.978, inscripta en el Registro Público de Comercio al folio 447, acta 2.898, libro VII de la matrícula de comerciantes y registrado bajo asiento 4.005 al folio 88/91, Tomo I del Legajo XLIV del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 23 de abril de 1979; 2) Modificación del contrato social de fecha 28 de septiembre de 1.979, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento 4.155 al folio 509, Tomo II, del Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 5 de septiembre de 1.980; 3) Contrato de transferencia de fondo de comercio de fecha 21 julio de 1.980, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento 4.160 al folio 534/548, Tomo II, del Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 12 de septiembre de 1.980; 4) Modificación de contrato social de fecha 9 de noviembre de 1.988, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia al folio 447, acta 2.898, Libro VII, Matrícula de Comerciantes (Anexo), y registrado bajo asiento 110, al folio 365-1990 del Legajo I Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 23 octubre de 1.990; 5) Cesión de cuotas sociales y modificación de contrato de fecha 19 de febrero de 1.992, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento 140 al folio 482/484 –S.R.L. del Legajo I, tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 8 de abril de 1.992; 6) Cesión de cuotas sociales y modificación de contrato de fecha 26 de abril de 1.994, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento 29 al folio 84/86 –S.R.L. del Legajo II, tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha 25 de agosto de 1.994, 7) Cesión de cuotas sociales de fecha 18 de diciembre de 2.003, inscripto en el Registro Público de Comercio de ésta Provincia bajo asiento 25 al folio 131/136 del Legajo VII, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 31 de mayo de 2004; 8) Cesión de cuotas sociales y modificación de contrato de fecha 26 de marzo de 2004, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento 35 al folio 170/173 del Legajo VII, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 12 de julio de 2004; 9) Modificación de contrato social de fecha 16 de agosto de 2006, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo asiento 56 al folio 303/306 del Legajo IX Tomo II, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 25 de septiembre de 2006; 10) Cesión de cuotas efectuada por escritura número 187, de fecha 27 de octubre de 2007, autorizada por la Escribana Corina Celia Brizuela de Rojo, Titular del Registro Nº 27, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, Registrado con copia, bajo asiento 76, al folio 421/423 del Legajo X- Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 27 de noviembre de 2007; 11) Aumento de Capital Social pasado por escritura número 107 de fecha 3 de septiembre de 2009, autorizada por la Escribana Corina Celia Brizuela de Rojo, Titular del Registro Nº 27, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, Registrado con copia, bajo asiento 60, al folio 320/322 del Legajo XII- Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 29 de septiembre de 2009, y 12) Prorroga de Plazo de duración de la Sociedad pasada por escritura número 20 de fecha 24 de febrero de 2.015, autorizada por la Escribana Corina Celia Brizuela de Rojo, Titular del Registro Nº 27, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, Registrado con copia, bajo asiento 23, al folio 165/167 del Legajo XVIII- Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 27 de abril de 2015.- SEGUNDO: Que la cláusula cuarta del contrato social establece: “El capital social es de pesos trescientos veintiocho mil novecientos ($328.900), dividido en sesenta y cinco mil setecientas ochenta (65.780) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una, suscripto en su totalidad por los socios en las siguientes cantidades: el Sr. Hugo Alexander suscribe cincuenta y dos mil seiscientas veinticuatro (52.624) cuotas, la Sra. Carolina Alexander suscribe tres mil doscientas ochenta y nueve (3.289) cuotas, el Sr. Juan José Alexander suscribe tres mil doscientas ochenta y nueve (3.289) cuotas, la Sra. Carmen Alexander suscribe tres mil doscientas ochenta y nueve (3289) cuotas y el Sr. Alejandro Alexander suscribe tres mil doscientas ochenta y nueve (3289) cuotas. Estas cuotas se encuentran totalmente integradas”. TERCERO: Que con fecha 29 de diciembre de 2016, según acta de reunión de socios obrante en los folios 52 y 53 del Libro de Actas de Reunión de Socios número 2 rubricado el día 28 de abril de 2003 que tengo para este acto a la vista y en fotocopia autenticada agrego al legajo de comprobantes de la presente escritura, en forma unánime los socios han resuelto aprobar la suscripción de aportes irrevocables efectuada por el socio Hugo Alexander por una suma total de doce millones de pesos ($12.000.000), renunciando los restantes socios al derecho de preferencia para la suscripción del aporte irrevocable. CUARTO: capitalización de aportes irrevocables. Aumento de capital.- Emisión de cuotas sociales. Los señores Hugo Alexander, Carolina Alexander, Carmen Alexander, Juan José Alexander y Alejandro Alexander en el carácter de únicos socios de la sociedad “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.”, convienen lo siguiente: 1) Elevar el capital social de la sociedad “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.”, de pesos trescientos veintiocho mil novecientos ($328.900) a la suma de pesos doce millones trescientos veintiocho mil novecientos ($12.328.900).- 2) El aumento se efectúa por capitalización de aportes con destino al aumento del capital efectuada por el socio Hugo Alexander, según certificación contable de fecha 23 de junio de 2017, suscripta por el Contador Público Nacional, Mariano Ramón -Matrícula número 1595-, que se encuentra legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Jujuy, con fecha 28 de junio de 2017 y cuya fotocopia debidamente certificada forma parte de este contrato.- 3) Emitir dos millones cuatrocientos mil (2.400.000) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota, que equivalen a un total de pesos doce millones ($12.000.000) de aumento de capital social, las que serán de titularidad del señor Hugo Alexander. QUINTO: CESION DE CUOTAS SOCIALES. El señor Hugo Alexander manifiesta que transfiere a título de CESION GRATUITA a favor de la señora Carolina Alexander, ciento veinte mil (120.000) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota; a favor de la señora Carmen Alexander, ciento veinte mil (120.000) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota; a favor del señor Juan José Alexander, ciento veinte mil (120.000) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota y a favor del señor Alejandro Alexander ciento veinte mil (120.000) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota, transfiriéndoles a los cesionarios respecto de las cuotas de capital social cedidas, todos los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, que podrán ser ejercidos en el tiempo y forma que lo crean conveniente y ante quienes fuere menester. SEXTO: Los señores Carolina Alexander, Carmen Alexander, Juan José Alexander y Alejandro Alexander aceptan la cesión de cuotas sociales efectuadas a su favor. SEPTIMO: ASENTIMIENTO CONYUGAL. La señora Carmen Gloria Balut presta el asentimiento exigido por el inciso c) del artículo 470 del Código Civil y Comercial de la Nación. OCTAVO: En virtud de ello resuelven modificar la cláusula cuarta del contrato social que quedará así redactada: “El capital social es de pesos doce millones trescientos veintiocho mil novecientos ($12.328.900), dividido en dos millones cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos ochenta (2.465.780) cuotas sociales de pesos cinco ($ 5) de valor nominal cada una, suscripto en su totalidad por los socios en las siguientes cantidades: el señor Hugo Alexander suscribe un millón novecientos setenta y dos mil seiscientas veinticuatro (1.972.624) cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota; la señora Carolina Alexander suscribe ciento veintitrés mil doscientos ochenta y nueve cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota; la señora Carmen Alexander suscribe ciento veintitrés mil doscientos ochenta y nueve cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota; el señor Juan José Alexander suscribe ciento veintitrés mil doscientos ochenta y nueve cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota y el señor Alejandro Alexander suscribe ciento veintitrés mil doscientos ochenta y nueve cuotas sociales de pesos cinco ($5) de valor nominal cada una con derecho a un (1) voto por cuota. Estas cuotas se encuentran totalmente integradas”. NOVENO: En virtud del aumento de capital efectuado, y de conformidad a lo normado en el artículo 299, inciso 2 de la Ley General de Sociedades 19.550, los señores Hugo Alexander, Carolina Alexander, Carmen Alexander, Juan José Alexander y Alejandro Alexander, en el carácter de únicos socios de la sociedad “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.” resuelven modificar el contrato social, incorporando al mismo la siguiente cláusula: “La fiscalización de la administración social estará a cargo de un Síndico Titular nombrado en reunión de socios, quien durará tres (3) ejercicios en sus funciones, con los deberes y atribuciones que se establecen en los artículos 294, 295 y 296 de la Ley General de Sociedades. También se designará un Síndico suplente por el mismo plazo, quien sustituirá al titular en caso de vacancia por cualquier causa”. DECIMO: Los comparecientes manifiestan que quedan subsistentes todas las demás cláusulas y condiciones del contrato social en cuanto no resultaren modificadas por el presente.- DECIMO PRIMERO: TRAMITES DE INSCRIPCION. En este estado las partes resuelven facultar a la Escribana autorizante y/o al Doctor Juan Zenarruza, a fin de que gestione y solicite la inscripción de la presente ante el Registro Público de Comercio, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos. Igualmente, se la faculta, para interponer en su caso los recursos que la Ley General de Sociedades 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial y demás legislación prevean, a fin de la inscripción definitiva del presente instrumento. Constancias Notariales: I. Certificación Registral: Con el certificado número 8983 expedido por el Registro Inmobiliario con fecha 23 de junio del corriente año se acredita que el señor Hugo Alexander no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes. Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes, como acostumbran hacerlo, por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- Hay seis firmas que pertenecen a los señores Hugo Alexander, Juan José Alexander, Alejandro Alexander, Carolina Alexander, Carmen Alexander y Carmen Gloria Balut.- Ante mí: V. De Tezanos Pinto. Está mi sello notarial. – CONCUERDA con su matriz que pasó ante mí al folio 202 del protocolo “A” de mi Adscripción al Registro número Uno correspondiente al corriente año, doy fe. Para “AB CONSTRUCCIONES S.R.L.” expido esta Primera Copia en cinco hojas de actuación notarial numeradas correlativamente del A00995540 a la presente, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. VERONICA P. DE TEZANOS PINTO- ADS. REG. N° 1- S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la Publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 14 de Noviembre de 2017.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-
22 NOV. LIQ. Nº 12481 $175,00.-