BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 04/07/11
EXPTE Nº 500-412-2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 MAY. 2011.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Afectase el inmueble ubicado en Piedra Negra, Departamento Yavi de esta Provincia, individualizado como Circunscripción 1, Sección 7, Parcela 1244, Padrón N-5003, del ESTADO PROVINCIAL a la “UNIDAD DE AFECTACION”, en los términos de la ley Nº 4888 modificada por Ley Nº 4904, otorgándole su uso a la Empresa Jujeña de Energía S.A (EJESA) por el plazo que le resta para finalizar la concesión del servicio Publico de distribución de energía eléctrica, con el destino de ubicar en el mismo la Central Térmica que provea al Sistema eléctrico Aislado de la Puna Jujeña, conforme los términos expuestos en el exordio.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador