BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 04/07/11
EXPTE. Nº 500-483/2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 SET. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase, a favor del personal del Poder Judicial los siguientes incrementos, con el alcance que en cada caso se establece: a) DIEZ POR CIENTO (10%), a partir del 1º de junio de 2010 sobre el Adicional Remunerativos No Bonificable y el Suplemento No Remunerativo No Bonificable reconocidos por Ley Nº 4.795.-b) DIEZ POR CIENTO (10%), a partir del 1º de agosto de 2010, sobre el Adicional Remunerativo No Bonificable y el Suplemento No Remunerativo No Bonificable reconocido por Ley Nº 4.795, tomando como base de cálculo del mismo, los importes determinados conforme el inciso a) del presente
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR