BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 17/11/17

DECRETO Nº 4958-E/2017.-

EXPTE Nº 1061-1069-16.-

Agreg. 1061-534-15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese, con retroactividad al inicio del ciclo lectivo 2008, la recategorización de Segunda a Primera categoría de la ESCUELA PRIMARIA N° 112 “Cnel Manuel Dorrego” de la localidad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Modifícase la planta de personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2017- como se indica a continuación:

JURISDICCIÓN   F             MINISTERIO DE EDUCACIÓN

U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA

FINALIDAD         5              CULTURA Y EDUCACIÓN

FUNCIÓN             2              EDUCACIÓN ELEMENTAL

PARTIDA      1-1-1-1-1-44   RECATEGORIZACIÓN DE ESCUELAS

 

SUPRIMESE

Un (1) cargo docente de Director de Segunda Categoría jornada simple

CRÉASE

Un (1) cargo docente de Director de Primera Categoría jornada simple

ARTICULO 3°.- Modifícase el crédito del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – ejercicio 2017, como se indica a continuación:

TRANSFIÉRESE DE:

JURISDICCIÓN   F             MINISTERIO DE EDUCACIÓN

U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA

FINALIDAD         5              CULTURA Y EDUCACIÓN

FUNCIÓN             2              EDUCACIÓN ELEMENTAL

PARTIDA      1-1-1-1-1-44   Recategorización de Escuelas

 

PARA REFORZAR:

JURISDICCIÓN   F             MINISTERIO DE EDUCACIÓN

U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA

FINALIDAD         5              CULTURA Y EDUCACIÓN

FUNCIÓN             2              EDUCACIÓN ELEMENTAL

PARTIDA      1-1-1-1-1-1     Sueldo Básico

ARTICULO 4°.- Dispónese, a partir del 1° de enero de 2014, la adecuación del cargo de Director de Primera Categoría jornada simple.-

ARTICULO 5°.- La mayor erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente instrumento legal se atenderá con la siguiente partida presupuestaria de gastos en personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-

 

JURISDICCIÓN   F             MINISTERIO DE EDUCACIÓN

U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA

FINALIDAD         5              CULTURA Y EDUCACIÓN

FUNCIÓN             2              EDUCACIÓN ELEMENTAL

PARTIDA      1-1-1-1-1-1     Sueldo Básico

ARTICULO 6°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR