BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 17/11/17
EXPTE Nº 780-160/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 OCT. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente-Ley N° 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN: “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE
DE
U. de O.: R1 Ministerio de Salud
Categoría Nº de cargos
A-1 2
Agrup. Profesio¡nal
Ley Nº 4413
Total——————— 2
A
U. de O.: R5 “Secretaria de Salud Mental y Adicciones”
Categoría Nº de cargos
A-1 2
Agrup. Profesio¡nal
Ley Nº 4413
Total——————— 2
ARTÍCULO 2º.- Designase a la Psicóloga Paola Roxana Vanesa Nieva, CUIL 27-31463443-3, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley Nº 4413, en la U. de O.:R5 Secretaria de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 3º.- Designase a la Psicóloga Daniela Alejandra Cruz, CUIL 27-32569680-5, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R5 Secretaria de Salud Mental y Adicciones, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 4º.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2.017, Ley N° 6001, que a continuación se indica: Ejercicio 2017: Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R5 Secretaria de Salud Mental y Adicciones.‑
ARTÍCULO 5º.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR