BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 27/07/11
EXPTE. Nº 0300-660/2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUN. 2011.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase el funcionamiento, en la Provincia de Jujuy, de una filial de la FUNDACION PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL Y LABORAL, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Diecinueve (19) Articulo, y corre agregado a Fs. 05 a 13 de autos.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR