BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 08/08/11
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de AGO de 2011.-
VISTO:
El Decreto Acuerdo N° 9191-H-11 de fecha 5 de agosto de 2011; y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 6º del referido Decreto-Acuerdo, se crea la Unidad de Gestión Provincial del Plan de Emergencia: “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”;
Que resulta preciso establecer la órbita de acción de la referida Unidad de Gestión Provincial dentro de la estructura del Poder Ejecutivo, y su dependencia orgánica y funcional para llevar adelante el Plan de Emergencia y todas las relaciones entre los Municipios y la Nación que el mismo requiera;
Por todo ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- La Unidad de Gestión Provincial del Plan de Emergencia: “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite” actuará en la órbita de los Ministerios de Hacienda y de Infraestructura y Planificación, dependiendo orgánica y funcionalmente del Presidente del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, Dr. Facundo Figueroa Caballero, quien será la máxima autoridad del Plan de Emergencia y del Consejo Asesor del referido Plan, el que estará conformado por los Secretarios de de Ingresos Públicos, Dr. Marcelo Genzel; Infraestructura, Arq. Fernando Gines Rosenbluth y de Planificación, Ing. Mónica Matilde Boero.-
ARTICULO 2º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial para su publicación -en forma íntegra-, pase al Ministerio de Infraestructura y Planificación para conocimiento y demás efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR