BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 10/11/17

CONCEJO COMUNAL DE YALA

ORDENANZA N° 106- Concejo Comunal Yala –2017

RATIFICA SAC SEGUNDO SEMESTRE 2015

VISTO:

La Observación efectuada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia mediante Resolución Nº 2689/S/I2017 de fecha 19/9/2017.-

CONSIDERANDO:

Que con el cambio de gestión producido en Diciembre del 2015, la nueva gestión procedió a abonar el SAC de conformidad con las remuneraciones que venía percibiendo el personal municipal.-

Con posterioridad, el Tribunal de Cuentas Observo dicho pago de SAC ante la falta de normativa (Ordenanzas) que regulen la remuneración del personal planta permanente, jornalizado, jerárquicos y Concejo Comunal.-

Por esta situación, el Presidente de la Comisión Municipal emitió el Decreto Nº 103/17 con vigencia retroactiva, en lo referente a la escala salarial del personal planta permanente por el cual se adhiere a las liquidaciones provinciales de salarios del personal Planta permanente, el cual se ratifica por la presente Ordenanza.-

En cuanto a la liquidación del los funcionarios Jerárquicos fue regulada con el Decreto Nº 2/2015 del 10 de Diciembre del 2015, el cual fue ratificado por la Ordenanza Nº 45/16 en su Art. 16.-

Por su parte con respecto al SAC de Vocales y Presidente recién fue regulada en el Art. 11 de la Ordenanza 45/16, la cual por su Art. 15 fue de efecto retroactivo al 10 de Diciembre del 2015; pero con anterioridad no había una Ordenanza que regule el pago del SAC a estos funcionarios.-

Por ello, esta norma viene a regularizar dicha situación y aclarar cualquier tipo de cuestionamiento por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

EL CONCEJO COMUNAL DE  YALA SANCIONA COMO ORDENANZA:

ARTÍCULO 1º: Ratificar y aprobar el pago de SAC (sueldo anual complementario) efectuado al personal municipal (planta permanente, jornalizados, Jerárquicos y Concejo Comunal) correspondiente al segundo semestre del 2015 por el monto total de $296.721,88.-

ARTÍCULO 2º: Ratificar el Decreto Nº 103/17 del 14 de Junio del 2017, por lo cual La Comisión Municipal de Yala adhiere a las disposiciones de liquidación de Haberes del Personal de Planta Permanente de este  Municipio al Escalafón General de la Provincia comprendido en el régimen de la Ley 3161/74, en todos sus términos desde la categoría 01 a la 24.-

ARTÍCULO 3º: Elévese al Tribunal de Cuentas de la Provincia a los efectos legales.-

ARTÍCULO 4º: Publíquese en el Boletín Oficial.-

Se deja constancia que el Sr. Santiago Tizón fue remplazado en el ejercicio de la Presidencia (conforme Art. 177 Inc. B Ley 4466) por la Vocal 1º María Rosa Onder (conforme Art. 179 Ley 4466 y Art  19 Reglamento Interno).-

Sala de Sesiones, a los 30 días de octubre. –

 

Lic. Rosa Maria I. Onder

Vocal 1°

Comisión Municipal de Yala

 

10 NOV. S/C.-