BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 06/11/17
EXPTE Nº 732-213/15.-
Agdo. N° 732-173/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Téngase por designada interinamente a la Lic. Nelli Daniela Guerrero, CUIL 27-34105237-3, en el cargo categoría A-1 (i-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R 2-02-20 Hospital “Nuestra Señora del Valle” de Palma Sola, por el período comprendido entre el l2 de setiembre de 2016 y la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.-Designase a la Lic. Nelli Daniela Guerrero, CUIL 27-34105237-3, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo categoría A-1 (i-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R 2-02-20 Hospital “Nuestra Señora del Valle” de Palma Sola, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 3°.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2.017
Con la respectiva partida de Gasto en Persona asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-20 Hospital Nuestra Señora del Valle.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26″:9″Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-
ARTICULO 4°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR