BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 03/11/17
Dra. María Cristina Molina Lobos, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaria N° 12, en el EXPTE. Nº C-065371/16: Ejecutivo: Soto Sebastián Alejandro c/Soto Diego Emilio”, procede a notificar el siguiente decreto de fs. 7: “San Salvador de Jujuy, 04 de Agosto de 2016. Téngase por presentado al Dr. Martín Modena, por parte y por constituido domicilio legal, en nombre y representación de Sebastian Alejandro Soto, a mérito del Poder para juicios que juramentado acompaña. Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 472 y 478 y correlativos del C.P.C. líbrese en contra del demandado Sr. Diego Emilio Soto mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de $20.000 en concepto de capital reclamado, con mas la suma de $4.000 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago… cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerar notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado…”. Fdo. Dra. María Cristina Molina Lobos- Juez – Ante Mi: Dr. Mauro R. Di Pietro-Prosecretario T. de Juzgado. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario de amplia circulación en la Provincia tres veces en cinco días. Se le hace saber al accionado que en caso de no comparecer se le designará un Defensor Oficial con quién se seguirá el trámite (Art.474 del C.P.C.). San Salvador de Jujuy, 03 de Marzo 2017.-
03/06/08 NOV. LIQ. Nº 12240 $360, 00.-