BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 03/11/17

DECRETO Nº 4282-CyT/2017.-

EXPTE Nº 650-964/12.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 JUL. 2017.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Los presentes obrados iniciados a instancias del Dr. José María Vaquer, investigador del CONICET y de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA), mediante los cuales solicita la pertinente autorización para realizar trabajos de investigación arqueológicas en la región de la Cuenca Superior del Río San Juan Mayo (Departamento de Rinconada) por el término de 3 años desde Septiembre de 2012 a Septiembre de 2015;

Que las tareas en cuestión se enmarcan en el proyecto cuya investigación se denomina “Tradiciones, Memoria e Identidades en Cusi Cusi (Cuenca Superior del Río San Juan Mayo, Jujuy, Argentina). Una interpretación desde los paisajes”, que tiene por objetivo elaborar una primera interpretación de la cultura material de la zona a través del relevamiento de sitios arqueológicos y restos superficiales y revelar y poner en valor las historias locales sobre el pasado para cubrir una interpretación multivocal;

Que conforme se explica a fs. 1/1vta. existe opinión favorable del Departamento e Investigaciones Arqueológicas;

Que a fs. 40 el Director Provincial de Patrimonio informa, que el Sr. Vaquer solicitó la correspondiente autorización para realizar las investigaciones arqueológicas en la provincia, trámite que fue cumplimentando, como así también la realización de los trabajos encomendados, restando a la fecha el acto administrativo pertinente;

Que en tal contexto es criterio acceder a lo solicitado por cuanto con ello se propicia la consolidación del valor material y espiritual, de muestra histórica y cultural;

Por ello, y a los fines de su regularización administrativa,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por autorizado al DR. JOSÉ MARÍA VAQUER, DNI N° 26.257.767, investigador del CONICET y de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA), a efectuar investigaciones arqueológicas en la región de la Cuenca Superior del Rió San Juan Mayo (Departamento de Rinconada) por el término de tres (3) años (septiembre/2012 a septiembre/2015), a tenor de los argumentos vertidos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- La Dirección Provincial de Patrimonio, dependiente de la Secretaría de Cultura, tendrá a su cargo el seguimiento de las tareas desarrolladas, el control del plazo acordado, como así también la registración y custodia de los restos arqueológicos e históricos hallados, conforme las previsiones de la ley n° 3866/1982.-

ARTÍCULO 3.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase al Ministerio de Cultura y Turismo a sus demás  efectos de competencia.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR