BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 25/10/17
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 6027
“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 26934 PLAN INTEGRAL PARA EL ABORDAJE DE LOS
CONSUMOS PROBLEMÁTICOS”
ARTÍCULO 1.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 26.934 “Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos”.-
ARTÍCULO 2.-El Instituto de Seguros de Jujuy, o la obra social provincial que en el futuro lo reemplace, en consonancia con lo establecido en el Artículo 8 de la mencionada Ley Nacional, deberá brindar gratuitamente las prestaciones para la cobertura integral del tratamiento de las personas que padecen algún consumo problemático, las que quedan incorporadas al Programa Médico Obligatorio (PMO).-
ARTÍCULO 3.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Octubre de 2017.‑
Dr. Nicolás Martín Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. N° 200-562/2017.-
CORRESPONDE A LEY N° 6027.‑
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 OCT.2017.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas; Ministerio de Educación; y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR