BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 20/10/17

Escritura Numero Ciento Setenta y Seis.- Nº 176.- Modificación de Capital Social de la Sociedad: “VILAMA S.R.L.”- En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los diecinueve días del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete, Ante mí, Escribano Público Luis Enrique Cabrera Granara, Titular del Registro Número Veintinueve, comparece Miguel Angel Romero, argentino, D.N.I. N° 22.820.138, CUIT/CUIL Nº 20-22820138-4, nacido el 8 de Junio de 1972, casado en primeras nupcias con Rosa Beatriz Ortiz, empleado, domiciliado en Manzana 745, Lote 8, del Barrio Las Marías, Alto Comedero, de esta ciudad; y Leandro Salvador Gerace, argentino, D.N.I. N° 28.250.211, CUIT/CUIL Nº 23-28250211-9, nacido el 25 de Octubre de 1980, soltero, empleado, domiciliado en calle Sargento Baigorria N° 81, Barrio San Pedrito, de esta ciudad, a quienes identifico en los términos del Articulo Nº 306 inciso b del Código Civil y Comercial, quienes expresan bajo fe de juramento ser plenamente capaces y no estar comprendidos en los Artículos 44 y 45 del Código Civil y Comercial.- Intervienen por si, y expresan: I) Que por escritura número doscientos dieciocho de fecha veintidós de diciembre de dos mil dieciséis, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada: “VILAMA S.R.L.”, autorizada por mí, en el protocolo de ese año de este Registro a mi cargo, doy fe, con un capital social de pesos doscientos mil ($ 200.000.-).- II) Que en virtud de lo dispuesto a fojas quince (15), del expediente C-081828/2016, del Juzgado N° 7, de esta Provincia, vienen por este acto a modificar el artículo cuarto, el cual quedara redactado de la siguiente forma: “…CUARTA (IV- Capital): El capital social es de pesos setecientos mil dividido en setecientas (700) cuotas sociales de pesos un mil ($1.000) de valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: a) Miguel Angel Romero, trescientos cincuenta (350) cuotas sociales, por un total de pesos trescientos cincuenta mil ($350.000.-), integrando pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000); y b) Leandro Salvador Gerace, trescientos cincuenta (350) cuotas sociales, por un total de pesos trescientos cincuenta mil ($350.000.-), integrando pesos trescientos cincuenta mil ($ 350.000); todo el capital suscripto es integrado en dinero en efectivo, que representa el ciento por ciento (100%) del Capital Social.- Los socios asumen el formal compromiso de integrar la totalidad de las cuotas sociales cada uno, en dinero en efectivo en los siguientes plazos y condiciones: en éste acto integran en dinero en efectivo, el veinticinco por ciento (25 %) del capital suscripto y asumen el formal compromiso de integrar el setenta y cinco por ciento (75 %) restante, en un plazo de seis meses a contar de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de la Provincia de Jujuy. El capital podrá incrementarse, cuando se estime procedente, mediante cuotas suplementarias. La reunión de socios, por decisión que represente más de la mitad del capital social, lo aprobará y establecerá la forma y tiempo de emisión. Al aumentarse el capital se guardará la proporción de cuotas de que cada socio era titular al momento de la decisión. Quedando vigentes todas las demás cláusulas que no se modifican por la presente.-…” IV) Asimismo resuelven modificar el domicilio de la sede social que fuera fijado en la escritura relacionada ut supra estableciéndolo en calle Teniente Fernández N° 156, Barrio Almirante Brown, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina.- Previa lectura y ratificación firman en constancia los comparecientes, todo por ante mí, escribano autorizante, que certifico y doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a Miguel Ángel Romero y Leandro Salvador Gerace.- Está mi firma y sello notarial, Ante mí: Luis Enrique Cabrera Granara.- Concuerda: con su Escritura matriz que paso ante mí al folio cuatrocientos sesenta y cinco del Protocolo del corriente año de este Registro a mi cargo.- Para los Interesados, expido este Primer Testimonio en dos hojas de Actuación Notarial, las que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ACT. NOT. Nº A 00199447, ESC. LUIS ENRIQUE CABRERA GRANARA, TIT. REG. Nº 29, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre de 2017.-

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

20 OCT. LIQ. Nº 12110 $175,00.-