BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 18/10/17

Escritura Numero Treinta. (30) Protocolización de Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 1- Modificación Articulo Décimo Primero del Estatuto Social de Cauchari Solar III Sociedad Anónima Unipersonal. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a un días del mes de Septiembre del año Dos mil diecisiete, ante mi EMILCE SOLEDAD BARTULOS, Escribana de Gobierno Interina conforme Decreto del Poder Ejecutivo Nº 4601-G de fecha 31/08/2017, Comparece: Guillermo Fernando Hoerth, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 14.526.271, nacido el día diecisiete de noviembre del año Mil novecientos setenta, casado, con domicilio legal en Pasaje Espinosa Nº 720 del Barrio Ciudad de Nieva de esta Ciudad, a quien afirmo conocer en los términos del Apartado b) del Artículo 306 del Código Civil y Comercial de la Nación, concurre a este acto en nombre y representación y en su carácter de Presidente del Directorio de CAUCHARI SOLAR III SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL, acreditando su representatividad mediante Acta de Asamblea Ordinaria Nº 1 de fecha 01/06/2017 y Aceptación del cargo mediante Acta de Directorio Nº 4 de fecha 10/06/2017; asegurándome el compareciente que su mandato continua vigente, doy fe. EXPOSICION: Guillermo Fernando HOERTH en el carácter invocado dice: I) Que conforme a lo previsto en la Ley 27.290 (publicada en fecha 18/11/2016), por Acta de Directorio Nº 5 de fecha 14/06/2017 (fojas 6/7 del Libro de Actas de Directorio) se aprueba la convocatoria a Asamblea Extraordinaria de Accionistas a fin del tratamiento de la modificación del Artículo Décimo Primero del Estatuto Social; II) Por acuerdo unánime de sus accionistas que integran la totalidad del capital social, en Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº1 celebrada en fecha 14/06/2017 obrante a fojas 3 del Libro de Actas de Asamblea rubricada por el Registro Público de Comercio, se resolvió la reforma del Artículo Décimo Primero del estatuto social. Por lo cual, viene por la presente a elevar a escritura pública lo resuelto en la misma, solicitándome la protocolización del Acta de Asamblea referenciada, a cuyo objeto se transcribe textual: “Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 1. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 14 días del mes de Junio de 2017, siendo las 15:00 horas el accionista de CAUCHARI SOLAR III S.A.U., que figura registrado en el Libro Nº 1 folio 2 del Libro de Deposito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas, se reúne en Asamblea General Extraordinaria en la sede social, bajo la presidencia del Dr. Guillermo Fernando Hoerth y con la presencia de la sindico Dra. Mónica Alejandra García. Se registra la asistencia del accionista tenedor del 100% de las acciones, equivalente al 100% del capital social. En tal sentido, el señor presidente con quórum suficiente declara válidamente constituido el órgano y somete a consideración de los señores accionistas el siguiente Orden del día: 1- Modificación del Artículo Décimo Primero del Estatuto Social. El señor presidente pone a consideración el primer punto del orden del día y manifiesta toda vez que el articulo décimo primero del Estatuto Social establece que la fiscalización estará a cargo de una comisión fiscalizadora y que esta Asamblea resolvió el pasado 01 de junio de 2017, designar exclusivamente un síndico titular y su suplente, el directorio unánimemente ha resuelto proponer a la Asamblea que se modifique dicho artículo, en los siguiente términos. “ARTICULO DECIMO PRIMERO: La fiscalización de la sociedad será ejercida por un síndico titular y un síndico suplente que duraran tres ejercicios en sus funciones, no obstante la cual permanecerán en sus cargos hasta ser reemplazados. La remuneración será fijada por Asamblea ordinaria con arreglo a la legislación vigente”. Toma la palabra el Dr. José María Palomares, en su carácter de presidente de JEMSE y mociona que se apruebe la propuesta del directorio, por lo que resulta aprobada por unanimidad la modificación del artículo décimo primero del Estatuto Social. Asimismo se resuelve por unanimidad, encomendar al Dr. Humberto Alejandro Insaurralde la inscripción de la modificación del Estatuto Social en el Registro Público de Comercio, previo tramite de la autorización pertinente de Personas Jurídicas de Fiscalía de Estado de la Provincia de Jujuy, para que en nombre y representación de la sociedad realice todas las gestiones que fueren necesarios para obtener la conformidad y registro de las decisiones adoptadas en la presente reunión de socios, con facultad de aceptar o proponer modificaciones y suscribiendo a tal fin los documentos públicos y privados que fueren menester, como así también efectuar la publicación de edictos y/o avisos de ley. Siendo las 16:30 horas y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, previa confección, ratificación y firma de la presente acta. Hay cuatro firmas ilegibles. Lo transcripto precedentemente es conforme con su original, que tengo a la vista, cuya copia certificada agrego al Legajo de Comprobantes de la presente, como parte integrante de la misma, doy fe. El Compareciente manifiesta que la existencia de la Sociedad Anónima Unipersonal que representa se acredita con los siguientes documentos: A) Protocolización del Contrato Constitutivo de CAUCHARI SOLAR III SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL mediante Escritura Publica Nº 195 de fecha Veintisiete de Octubre del año Dos mil dieciséis; B) Protocolización de Modificación del Contrato Constitutivo por aumento de Capital (Artículo 5º) instrumentada por Escritura Publica Nº 204 de fecha Diecisiete de Noviembre del año Dos mil dieciséis; C) Mediante Escritura Publica Nº 212 de fecha Veintinueve de Noviembre del año Dos mil dieciséis se rectifica el número y fecha del acta de Directorio consignada en la Protocolización del contrato constitutivo; y D) Por Escritura Publica Nº 215 de fecha Cinco de diciembre del año Dos mil dieciséis se rectifica el número y fecha del acta de Directorio consignada en la Protocolización de la modificación del Artículo 5º; todos los instrumentos notariales referenciados por la entonces Escribana Adscripta al Registro del Estado, Patricia Teresa Aguilera, inscriptos en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy al Folio 5 Acta Nº 5 del Libro I de Sociedad Anónima Unipersonal, Registrado con copia bajo Asiento Nº 4 al Folio 42/59 del Legajo I Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.A.U. (21/12/2016). Leída y ratificada, firma el compareciente de conformidad y como acostumbra a hacerlo, ante mí, doy fe. Sigue a la de Protocolización de Acta. Hay una firma ilegible que pertenece a Guillermo Fernando Hoerth. Ante mí: Emilce Soledad Bartulos. Esta mi firma sobre sello notarial. Hay un sello oficial que dice: Escribanía de Gobierno-Jujuy. Concuerda: con su Escritura Matriz que paso ante mí al folio ciento cincuenta y cuatro y ciento cincuenta y cinco del Protocolo del Registro del estado, de este año a mi cago, doy fe.- Para CAUCHARI SOLAR III SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL expido este PRIMER TESTIMONIO, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre de 2017.-

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

18 OCT. LIQ. Nº 12096 $ 230,00.-