BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 23/10/17

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE Nº C-080938/16 Caratulado: “Ejecutivo: Lafuente Nicolás Ramón c/ Díaz Rodrigo Héctor Adolfo”,  hace saber al señor Ali Fernando Sebastian la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: Decreto de Fs. 55/56 Autos: San Salvador de Jujuy, 20 de Septiembre de 2017. Autos y Vistos:….Resulta:…-Considerando:…- Resuelve: I .- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el señor  Lafuente Nicolás Ramón  en contra del señor Díaz Rodrigo Héctor Adolfo  hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, ósea la suma pesos veintisiete mil quinientos veintinueve ( $27.529) con más los intereses de la tasa activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a 30 días del banco de la nación argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otros” (libros de acuerdos Nº 54, fjs. 673/678, Nº 235) con mas IVA si correspondiere.- II.- Tener  por presentada a la Dra. María Julia Garay, por parte y por constituido domicilio legal, para actuar en nombre y representación del ausente Sr. Díaz Rodrigo Héctor Adolfo.-  III.- Imponer  las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.).-  IV.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Aguirre Gustavo Martín, en la suma de pesos dos mil seiscientos noventa y siete con 84 ctvos. ($2.697,84) por la labor desarrollada en autos como letrado patrocinante, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 2,4,6,10 y 23 de la ley Nº 1687/46, suma que devengara intereses iguales a los del capital, desde igual fecha, a excepción de los punitorios de conformidad a la doctrina del  S.T.J. sentada en la L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 N 570, con mas I.V.A. si correspondiere.- V.-Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por secretaria el documento original en el termino de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al Expediente..- VI.- Hacer efectivo el apercibimiento en fjs. 14 en contra del Sr. Díaz Rodrigo Héctor Adolfo  mandándose notificar la presente al demandado por  edictos (art. 62 del C.P.C.) y en los sucesivo por Ministerio de la Ley (art. 154 del C.P.C.).-  VII.- Notificar por cedula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo. Dra. Marisa E. Rondon-Juez-Ante Mí. Dra. Verónica B. Lorenzo Molina-Secretaria- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. Secretaria- Dra. Verónica B. Lorenzo Molina.- San Salvador de Jujuy,  02 de Octubre de 2017.-

 

18/20/23 OCT. LIQ. Nº 12068 $ 360,00.-