BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 23/10/17
DECRETO ACUERDO Nº 4488-G/2017.-
EXPTE Nº 649-016/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2017.-
VISTO:
Los Decretos Acuerdo N° 4418-G/2017 y N° 4453-G/2017; y las Cartas Intención firmadas los días 30 de junio y 1° de agosto del corriente año entre la Provincia de Jujuy y el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Estado Nacional, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nacional N° 237 dictado el día 22 de diciembre de 2.015 se otorgó competencia al Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos para administrar y operar el parque temático interactivo “Proyecto Tecnópolis del Bicentenario, Ciencia, Tecnología y Arte”;
Que, por la magnitud e importancia del acontecimiento y el exiguo plazo existente entre la rúbrica de las Cartas Intención y la realización del evento itinerante en la Provincia de Jujuy, se dictó el Decreto Acuerdo N° 4418-G/2017,declarando de interés público la realización de “La Feria Itinerante Tecnópolis”, creando
el Comité Provincial de Coordinación Tecnópolis con facultades para la planificación integral, coordinación, organización y gestión, a cargo de los recursos humanos y logísticos; se instruyo a distintos Ministerios para implementar y ejecutar todas las medidas, planes, proyectos y/o acciones, contratar los servicios necesarios, supervisarlos y rendir cuentas, asumiendo que, razones de necesidad y urgencia impiden acudir a los sistemas de contratación previstos como regla general, verificándose la situación de excepción prevista en la Ley N° 159-H-G/57 art. 54apartado 3°, inciso “d”, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones, asignaciones y concretar las trasferencias de las partidas presupuestarias necesarias a efectos de afrontar las erogaciones para concreción de la muestra;
Que, por Decreto Acuerdo N° 4453-G/2017, se modificó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2017- Ley N° 6001/16, asegurando los fondos necesarios para el evento, ratificando atribuciones para que el Ministerio de Hacienda y Finanzas realice modificaciones, asigne y concrete transferencias de partidas presupuestarias.-
Que, además, corresponde asignar recursos, en especial, al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, para que, en forma directa o a través de la Secretaria de Transporte de la Provincia, se implementen y ejecuten todas las acciones, medidas, planes, y/o proyectos, contratando los servicios necesarios, se supervisen, y se rindan cuentas, teniendo presente una vez más, que razones de necesidad y urgencia impiden acudir a los sistemas de contratación previstos como regla general, verificándose la situación de excepción prevista en la Ley N° 159-H/G/57, art. 54°, apartado 3° “d”.
Por ello, y en ejercicio de potestades conferidas por el Art. 137° de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2017-, Ley N° 6001 conforme el siguiente detalle:
TRANSFERIR DE
JURISDICCION “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL
TESORO
FINALIDAD 9 GASTOS A CLASIFICAR
FUNCION 1 GASTOS A CLASIFICAR POR
DISTRIBUCION
SECCION 1 EROGACIONES CORRIENTES 15.000.000
SECTOR 4 A CLASIFICAR 15.000.000
PART. PPAL. 6 CREDITO ADICIONAL P/FINC. EROG.
CORRIENTES 15.000.000
PART. PCIAL. 1 Crédito adicional para financiar erogaciones
corrientes 15.000.000
TOTAL 15.000.000
PARA CREAR:
JURISDICCION “V” INISTERIO DE INFRAESTRUCT. SERV.
PUB. TIERRA Y VIV.
U.de O. 4 DIRECCION GENERAL DE TRASPORTE
FINALIDAD 7 DESARROLLO DE LA ECONOMIA
FUNCION 7 Transporte
SECCION 1 EROGACIONES CORRIENTES 15.000.000
SECTOR 3 TRASFERENCIAS 15.000.000
Part. Ppal. 4 TRANSFERENCIAS PARA FINANCIAR
EROG. CORRIENTES 15.000.000
Part. Pcial. 5 APORTES A ACTIVIDADES NO
LUCRATIVAS 15.000.000
Part. Sub. Pcial. 838 Programa Federal Parque
Tecnopolis 15.000.000
TOTAL 15.000.000
ARTICULO 2°.-Asígnase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, la partida creada en el artículo precedente, para que, en forma directa o a través de la Secretaría de Transporte de la Provincia, se implementen y ejecuten todas las acciones, medidas, planes, y/o proyectos y contrataciones de obras y servicios, necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas por Decreto Acuerdo N° 4418-G/17, incluyendo supervisión y rendición de cuentas, resultando comprendidas, una vez más, por necesidad y urgencia, en la situación de excepción prevista en la Ley de Contabilidad N° 159-H/G/57, apartado 3° “d”.-
ARTÍCULO 3°.-Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, con remisión de copia autenticada del presente Decreto Acuerdo.‑
ARTÍCULO 4°.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas de la Provincia, pase al Boletín Oficial para su publicación -en forma integral-, y a la Dirección de Prensa y Medios de Comunicación. Cumplido pase sucesivamente a los Ministerios de Desarrollo Humano, de Educación, de Ambiente, de Desarrollo Económico y Producción, de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, de Hacienda y Finanzas, de Seguridad, de Salud, de Cultura y Turismo, Trabajo y Empleo, para su conocimiento. Cumplido, vuelva al ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR