BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 09/10/17
EXPTE Nº 0243-083-2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Recházase la solicitud de otorgamiento del beneficio previsto por la Ley N° 5502, efectuado por el Agente Categoría 21 (Ley 3161) de la Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Audiencias, HUGO CORTEZ IRAHOLA, CUIL 20-13735705-5, a tenor de lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Por Dirección Provincial de Relaciones Públicas y Audiencias, notifíquese al presentante de los términos del presente ordenamiento.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR