BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 04/10/17

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expte. N° C-014113/13, caratulado: Ejecutivo: “Banco Masventas S.A. c/ Donato Díaz”, se hace saber al demandado Sr. Donato Días, la siguiente Sentencia: San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2017.- Autos y Vistos:…Considerando: …Resuelve: I.- Tener por presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en representación del demandado ausente Sr. Donato Díaz, a merito de las facultades conferida a fs.52.- II.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MASVENTAS S.A., en contra de Donato Díaz, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos: Cuatro Mil Doscientos Nueve con 32/100-($4.209,32), con mas las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de documentos, desde la mora 05/Noviembre/2012 y hasta el efectivo pago.- III.- Imponer las costas a la vencida (Art.102 del C.P.C.).- IV.- Regular los honorarios del Dr. Carlos A. D. Aguiar, en la suma de $3.500 por su labor desarrollada en autos, suma esta que solo en caso de mora devengara intereses conforme Tasa Activa que el Banco de la Nación Argentina cobra mensualmente para sus operaciones de descuento y lo considerado, con mas IVA si correspondiera.- V.- Notificar la presente resolución a la accionada en la Persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.-VI.-Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VII.-Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa.- VIII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes, C.A.P.S.A.P. y por Edictos.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez- Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres-secretaria por habilitación- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art.162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la ultima publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaria.-Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres.- San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2017.-

 

29 SEPT. 02/04 OCT. LIQ. Nº 11838 $360,00.-