BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 22/09/17

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3-  Secretaría  N° 5, de la Provincia de Jujuy, en  el Expte. Nº C-019718 caratulado: “Ejecutivo: Belasquez Silvana Romina c/ Gutiérrez Benita, hace saber al Sra. Gutiérrez Benita, la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 06 de Febrero del 2017.- Autos y Vistos:…Resulta…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Sra. Silvana Romina Belasquez en contra de la Sra. Benita Gutiérrez hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Trece Mil Quinientos ($13.500.-), con más los intereses de la tasas activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B-145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos N° 54 F° 673/678 N° 235) y hasta el efectivo pago con más I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- Regular los honorarios profesionales del Dr. José Alberto Arias en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500.-) y por la labor profesional desarrollada en autos, conforme Acordada (L.A. N° 19, F° 182/184 N° 96, 24/05/16),  por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, hasta su efectivo pago, de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos N° 54 F° 673/678 N° 235), de fecha 11/5/2011), con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento fs. 8 en contra de la Sra. Benita Gutiérrez mandándose notificar la presente resolución mediante la publicación de edictos y las  sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de  cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon- Juez- Ante mí Secretaria María Laura López Pfister.- Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en cinco días.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días. Pro-Secretaria: Sec. Marta J. Berraz de Osuna.-  San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre de 2014.-

 

20/22/25 SEPT. LIQ. N° 11697 $360,00.-