BOLETÍN OFICIAL Nº 108 – 20/09/17
EXPTE Nº 733-032/08.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUL. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Asignar al Dr. José Antonio Herrera. CUIL 20-23053805-1 B-30 hrs. agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R 2-02-23 Hospital “Wenceslao Gallardo” de Pálpala, el adicional por función jerárquica del 20 % sobre la categoría de revista, por el período comprendido entre el 10 de noviembre de 2007 y el 31 de diciembre de 2010, y del 40 % sobre la categoría de revista, con retroactividad al 1° de enero de 2011, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.-La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con las partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2017.
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6001 prevé en la Jurisdicción R Ministerio de Salud, U. de O.:2 Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, la partida 1-1-1-1-2-153 “Regularización Adicionales Personal-Ministerio de Salud”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial partida 3-10-15-01-26: “Para Pago de Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-
ARTICULO 3°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR