BOLETÍN OFICIAL Nº 108 – 20/09/17
EXPTE Nº 724-317/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Téngase por aceptada con retroactividad al 5 de abril de 2013, la renuncia al adicional (j-1) del cargo categoría B, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O:R2-02-12 Hospital “San Miguel” de Yuto, presentada por la Dra. Olga Delia del Valle Cruz, CUIL 27-16886997-0, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2017 – Ley N°6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R2-02-12 “SAN MIGUEL”
SUPRIMASE CREASE
Categoría N° de Cargos Categoría N° de Cargos
B (j-1) 1 B- 30hrs. 1
A-30 1 A (j-1) 1
Agrup. Profesional Agrup. Profesional
Ley N° 4413 Ley N° 4413
Total………………………… 2 Total………………………. 2
ARTICULO 3°.-Adecuase a la Dra. Olga Delia del Valle Cruz, CUIL 27-16886997-0, en el cargo categoría B-30hrs., agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.:R2-02-12 Hospital “San Miguel” de Yuto, con retroactividad al 6 de abril de 2013, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 4°.-Adecuase a la Odontóloga Claudia Viviana Maldonado, CUIL 27-21324115-5, en el cargo categoría A(j-1), agrupamiento profesional, Ley N°4418, en la U. de O.:R2-02-12 Hospital “San Miguel” de Yuto, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a 19 expresado en el exordio.‑
ARTICULO 5°.-Por la Dirección del Hospital “San Miguel” de Yuto se solicitará a la Dra. Maldonado la constancia de bloqueo de título emitida por el Consejo o Colegio pertinente a los fines de la liquidación del adicional por dedicación exclusiva.‑
ARTICULO 6°.-La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
La partida de “Gasto en Personal” asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6001, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R2-02-12 Hospital San Miguel.‑
ARTICULO 7°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR