BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 02/09/16

Escritura Número Cuatrocientos Noventa y Cinco. N° 495.- Disolución Anticipada  de Santa Rita Sociedad Inmobiliaria y Comercial Sociedad de Responsabilidad Limitada.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los primero de Diciembre del año dos mil catorce, ante mí, Escribana María Celeste Pérez, Escribana Pública, Adscripta al Registro Notarial número cincuenta y seis, comparecen Irene Beatriz González, argentina, D.N.I. N° 3.969.097, C.U.I.L. N° 27-03969097-2, viuda de sus únicas nupcias con Ernesto Basbus, comerciante, edad 74, María del Carmen Basbus, argentina, D.N.I. N° 17.402.332, C.U.I.T. 27-17402332-3, soltera, medico, edad 49, Ernesto Basbus, argentino, D.N.I. N° 18.130.531, C.U.I.T. 20-18130531-3, casado en primeras nupcias con Blanca Mariela Ase, arquitecto, edad 48 y Marcelo Basbus, argentino, D.N.I. Nº 20.455.480, C.U.I.T. Nº 20-20455480-4, divorciado de sus únicas nupcias con Claudia Isabel Carattoni, por Sentencia Judicial de fecha doce de Octubre del año dos mil once, Expediente N° B-238507/10, expedido por la Vocalía V, Tribunal de Familia de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, protocolizada bajo Acta N° 28766, Folio 56, Tomo 110 de Inscripciones Judiciales la que consta inscripta en la Marginal del Certificado de Matrimonio, la que se encuentra agregado al Legajo de Comprobantes de la Escritura número ciento veintisiete de fecha diez de Diciembre del año dos mil trece autorizado por mi, arquitecto, edad 45, domiciliados en Avenida España N° 1.590, de esta ciudad; hábiles, ma­yores de edad y de mi conocimiento, doy fe, como así también la doy de que comparecen en su carácter de únicos socios de la Sociedad “SANTA RITA INMOBILIARIA Y COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, C.U.I.T. N° 30-64327367-1, con domicilio en calle Ramírez de Velazco N° 397, Primer Piso de esta ciudad, justificando el carácter invocado con la siguiente documentación: a) Contrato Social otorgado mediante Escritura Publica N° 267 de fecha cuatro de Octubre del año mil novecientos ochenta y ocho y Escritura Pública N° 344 de fecha treinta de Noviembre del año mil novecientos ochenta y ocho ambas autorizadas por la Escribana Titular del Registro número treinta y dos, debidamente inscriptas en el Registro Público de Comercio bajo Folio 91, Acta 89, Libro I de S.R.L. y registrado con copia bajo Asiento 89, Folio 300/338, Legajo I, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles en fecha catorce de Julio del año mil novecientos ochenta y nueve, b) Cesión de Cuotas Sociales otorgada mediante Escritura Pública N° 242 de fecha quince de Octubre del año mil novecientos noventa y uno, autorizada por ante la Escribana Titular del Registro número treinta y dos, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento 148, Folio 499/501 de S.R.L. del Legajo I, Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de fecha siete de Julio del año mil novecientos noventa y dos y c) Adjudicación de Cuotas Sociales otorgada a su favor en el Expediente N° B-08609/96, caratulado “Sucesorio de Ernesto Basbus” al Folio 91, Asiento 89 de fecha siete de Junio del año mil novecientos noventa y nueve, documentos que he tenido a la vista y agrego en fotocopias la Legajo de Comprobantes como parte integrante de la presente.- E Irene Beatriz González, María del Carmen Basbus, Ernesto Basbus y Marcelo Basbus, Expresan: Primero: Que vienen por este acto a darle forma notarial a la decisión de disolver anticipadamente la Sociedad, conforme lo dispuesto por el Artículo 94 inciso 1° de la Ley de Sociedades N° 19550.- Bajo tales conceptos la Sociedad actuara bajo la denominación social, con el aditamento “EN LIQUDACION”. Segundo: Designación de Liquidador: En este estado los socios designan como liquidadores a Marcelo Basbus y Ernesto Basbus, cargo que es aceptado por los nombrados, para que en forma conjunta e indistinta procedan a atender los asuntos urgentes y cumplir con las obligaciones pendientes de la Sociedad y a adoptar todas las medidas necesarias para iniciar a la liquidación.- Asimismo quedan facultados a preceder a otorgar las Escrituras Públicas y demás instrumentos Públicos o Privados a los efectos de tranferri el dominio de los bienes muebles e inmuebles a distribuirse entre los socios en compensación del capital y demás haberes sociales pudiendo el liquidador revestir el doble carácter de representante y adjudicatario conforme lo previsto por el artículo 1918 del Código Civil, gozando de las mas amplias facultades para transferir el dominio de los bienes muebles e inmuebles, obligar a la sociedad transmitente por evicción y saneamiento conforme a derecho, dar la posesión y otorgar recibos y cartas de pago y en fin realizar cuantos mas actos sean conducentes al desempeño de su cometido, actos de transmisión que podrán válidamente otorgar una vez inscripto el nombramiento del liquidador en el Registro Público de Comercio.- Apoderamiento: Facultan a la Escribana autorizante para la inscripción del presente Contrato en el Registro Público de Comercio con facultades de: Nombrar autorizados, presentar escritos y documentación, efectuar desgloses, contestar vistas que se confieran en lo relativo a las cláusulas del contrato, firmando las escrituras aclaratorias, rectificatorias, y complementaria que fueran menester y realizar todas las gestiones y diligencias que sean conducentes para obtener la referida inscripción, asimismo aceptar modificaciones que se indiquen.- Previa lectura y ratificación firmas los comparecientes por ante mi, Escribana autorizante que certifico y doy fe.- Hay cuatro firmas que pertenecen a Irene Beatriz González, María del Carmen Basbus, Ernesto Basbus y Marcelo Basbus. Esta mi firma y sello notarial, Ante mi María Celeste Perez. Concuerda con su escritura matriz que pasó ante mí al folio setecientos trece, del protocolo del corriente año, de la Adscripción al Registro a mi cargo. Para Santa Rita Sociedad Inmobiliaria y Comercial Sociedad de Responsabilidad Limitada, expido este Primer Testimonio, en dos  hojas de Actuación Notarial las que firmo y sello en el lugar y fecha de otorgamiento.- ACT. NOT. Nº A 00167825, ESC. MARIA CELESTE PEREZ, ADS. REG. Nº 56, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la ley 19550. San Salvador de Jujuy 31 de Agosto de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

02 SEPT. LIQ. Nº 123556 $130,00.-