BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 02/09/16
EXPTE. Nº 200-184/15.-
Agdos. 1050-1385-15 y 1050-521-15.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1: Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Maásaccesi, en carácter de apoderado legal de la Sra. FLORENTINA LUCRECIA RAMOS, D.N.I. N° 21.320.345 y del Sr. LUCIO AMAYA, L.E. N° 8.200.650, en contra de la Resolución Nº 3782-E-15 de fecha 12 de agosto de 2015, por los vos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2: Déjase establecido que el presente decreto se emite al sólo efecto de dar cumplimiento al Artículo 33° de la Constitución Provincial, sin que imparte rehabilitar instancias caducadas y/o plazos vencidos.
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR