BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 18/09/17

Dra. Marisa Rondon, Jueza Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaría N° 4, en el Expediente N° C-048609/2015, caratulado: “Ejecutivo: Las Delicias Country Club S.A. c/ Lavalle Sociedad Anónima” se notifica por este medio al demandado, Lavalle Sociedad Anónima, el siguiente Proveídos: “San Salvador de Jujuy, 11 de Marzo de 2016.- 1.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado Lavalle Sociedad Anónima, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos ochenta y cinco mil ochocientos ($85.800) por capital reclamado, con más la suma de pesos cuarenta y dos mil novecientos ($42.900),  calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago, hágase saber que se convertirá en definitivo el embargo sobre el inmueble individualizado como matricula C-2052, circunscripción 1, sección 4, manzana 52, parcela 2, padrón C-2259, ubicado en el predio de Las Delicias, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría 4, sito en calle Independencia Esq. Lamadrid bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 2.- Al efecto comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímese al demandado, para que el  mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten ( Art. 52 del C.P.C.).- 3.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora, Jueza, Ante mi, Dra. Beatriz Borja, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y en su caso incomparecencia se le designará un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. San Salvador de Jujuy, 26 de Junio de 2017.- Dra. Beatriz Borja-Secretaria.-

 

15/18/20 SEPT.  LIQ. Nº 11720 $360,00.-