BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 02/09/16

DECRETO Nº 180-S/2015.- 

EXPTE. Nº 700-914/13.-

Agdos. Nº 700-915/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DIC. 2015.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos — ejercicio 2015— Ley N°5861, …

ARTICULO 2°: Limitase a partir de la fecha del presente Decreto, la designación en carácter de interino de la Dra. María Angélica Garzón, CUIL 27-23778167-3, en el cargo profesional de 24 horas semanales Ley N° 5498, en la U. de 0.:R2-02-07 el Hospital “Dr. Arturo Zabala”, dispuesta mediante Decreto N° 4174-S-13, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 3°: Limitase a partir de la fecha del presente Decreto, la designación en carácter de interino de la Dra. Marta Adriana Gattera, CUIL 27-22635303-3, en el cargo categoría .A (j-2), agrupamiento profesional, Ley N°4418, de la U. de O.: R2-02 Dirección Provincial de Hospitales, dispuesta mediante Decreto N° 7828-S-15, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 4°: Designase .a la Dra. María Angélica Garzón, CUIL 27-23778167-3, en el cargo categoría A (j-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R 2-02 Dirección Provincial de Hospitales, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 5°: Designase a la Dra. Marta Adriana Gattera, CUIL 27-22635303-3, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R 2-02 Dirección Provincial de Hospitales, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 6°: La Dirección Provincial de Hospitales, deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título de la Dra. María Angélica Garzón, como requisito indispensable para la posesión del cargo individualizado en el artículo 4°.‑

ARTICULO 7°: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indican:

EJERCICIO 2015

Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 5861, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02 Dirección Provincial de Hospitales.‑

ARTICULO 8°: Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de créditos Presupuestarios que resulten necesarios a los .efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑

ARTICULO 9°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud de Hacienda y Finanzas.-

 

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR