BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 15/09/17
EXPTE Nº 730-56/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la U. de O.: R 2-02-18 Hospital “Calilegua”, tramita la designación interina, con retroactividad al 12 de abril de 2.016, a favor del Bioquímico DAMIAN BERNABE PARRA, CUIL 20-24454502-6, en el cargo categoría A-30 horas, agrupamiento profesional-Ley N° 4418, previa transformación de un (1) cargo categoría B-30 horas, agrupamiento profesional-Ley N° 4418, vacante renuncia del Dr. José Enrique Alva;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 04/06 y 56 se acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;
Que, la designación solicitada, se encuadra en las disposiciones del artículo 6°, inc. b) de la Ley N° 5233/00, Ley N° 5877 y Ley N° 6001;
Que, de la Certificación de Servicios y de las planillas de asistencias agregadas en autos se acredita la efectiva prestación de los mismos, por parte del Sr. Parra, a partir de la fecha antes indicada;
Que, a fs. 30/31 la Dirección Provincial de Personal emite informe de su competencia, haciendo lo propio la Dirección Provincial de Presupuesto a fs. 55 indicando las partidas Presupuestarias para afectar la presente designación;
Que, a fs. 59/60 rola intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;
Que, a fs. 61 Asesoría Legal del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado emite dictamen, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para designar interinamente al Bioquímico Damián Bernabe Parra, a partir del 12 de abril de 2.016 y hasta tanto culmine el concurso tramitado mediante Expediente N° 730-68/16;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 137°, inciso 13) de la Constitución de la Provincia y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley N° 6001, conforme se indica a continuación:…
ARTICULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, designase interinamente al Bioquímico DAMIAN BERNABE PARRA, CUIL 20-24454502-6, en el cargo categoría A-30 horas, agrupamiento profesional-Ley N° 4418, en la U. de O.: R 2-02-18 Hospital “Calilegua”, con retroactividad al 12 de abril de 2016 y hasta tanto culmine el concurso tramitado mediante Expediente Nº 730-68/16, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 3°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con las partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017:
Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-18 Hospital “Calilegua”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no Consolidado)
Deuda Pública Provincial 3-10-15-01-26. “Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a las Oficina de Crédito Pública a sus demás efectos.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR