BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 15/09/17

DECRETO Nº 3637-HF/2017.-

EXPTE Nº 761-42599-16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAYO 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifícanse los artículos 1° y 5° del Decreto N° 9286-H-2007 los que quedarán redactados de la siguiente manera:

ARTICULO 1°.- Fijase la suma mensual, única y total, no remunerativa y no bonificable, de $3.650,00 (Pesos tres mil seiscientos cincuenta),a favor del personal del Escalafón General y Profesional del Instituto de Seguros de Jujuy, y la suma de $1.613 (Pesos un mil seiscientos trece) para los auditores comprendidos en el Artículo 56 de la Ley N° 4.282, en compensación de mayor actividad administrativa con cumplimiento de estándares de eficiencia y calidad en las tareas de elaboración, presentación y seguimiento de las prestaciones a los afiliados del Instituto de Seguros de Jujuy”.

ARTICULO 5°.- La compensación dispuesta en el artículo 1°, estará sujeta a la política salarial que en cada oportunidad fije el Poder Ejecutivo.”

ARTICULO 2°.- Déjase sin efecto lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 9286-­H-2007.-

ARTICULO 3°.- La erogación que demande lo dispuesto en el presente será atendida con la siguiente Partida Presupuestaria Ley N° 6.001: “Compensación Mayor Actividad Dto 9286-07”.-

ARTÍCULO 4°.- Lo dispuesto en este acto será de aplicación a partir del 1° de enero del corriente año.-

ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministro de Hacienda y Finanzas y de Salud.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR