BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 13/09/17
EXPTE Nº 500-626/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 SET. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Autorízase al señor MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS a suscribir con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, un “Convenio de Asistencia Financiera” por la suma de Pesos Un Mil Ciento Veinte Millones ($ 1.120.000.0004, en el marco del Programa de Convergencia Fiscal creado por Resolución N° 99/2017-APN-SECH-MHA, y en los términos que la misma establece, a tenor de lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.-A los fines dispuestos en el Artículo precedente, queda facultado para ceder pro solvendo sus derechos sobre las sumas a percibir de la Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1°, 2° y 3° del ACUERDO NACION PROVINCIAS SOBRE RELACION FINANCIERA Y BASE DE UN REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS, ratificado por Ley Nacional N° 25.570 o el régimen que lo sustituya, hasta la total cancelación del capital con más los intereses y gastos que prevea el Convenio de Asistencia Financiera. Asimismo queda facultado para suscribir todos los instrumentos públicos y privados, emitir los actos necesarios para la ejecución y cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 3°.-Como consecuencia de las autorizaciones y ratificaciones dispuestas por los Artículos precedentes, autorízase al Estado Nacional a retener automáticamente de la Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nacional N° 25.570 o el régimen que la sustituya, los importes necesarios para la ejecución del Convenio que se autoriza a suscribir.-
ARTICULO 4°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR