BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 13/09/17
EXPTE Nº 500-626/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 SET. 2017.-
VISTO:
El Decreto N° 4620-HF-17 y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de autorización conferida por los artículos 33 y concordantes de la Ley N° 6.001, por Decreto N° 4620-HF-17 se autorizó al Ministro de Hacienda y Finanzas a suscribir un Convenio de Asistencia Financiera con el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial por la suma de $1.120.000.000 en el marco del Programa de Convergencia Fiscal creado por Resolución N° 99/2017-APN-SECH-MHA y en los términos que la misma establece, conteniendo dicho acto las autorizaciones necesarias para viabilizar el cumplimiento del mismo a través de la cesión de derechos sobre las sumas a percibir de la Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación Provincias Sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por Ley 25.570 o el régimen que lo sustituya; y su retención automática por el Estado Nacional;
Que, suscripto efectivamente el Convenio de Asistencia Financiera por el titular de la cartera de Hacienda y Finanzas de conformidad a las facultades conferidas por este Ejecutivo, surge de su artículo 10 que el mismo entrará en vigencia una vez que se cumplan dos requisitos: a) autorización por Ley para contraer endeudamiento y para la afectación de la participación provincial en el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, lo que se encuentra cumplido según surge de la Ley N° 6.001 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del corriente ejercicio que confiere la requerida autorización, y b) la aprobación del convenio en el ámbito del estado provincial, lo que por este acto se concreta;
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias conforme el Artículo 137 y concordantes de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Apruébase, en todos sus términos, el Convenio de Asistencia Financiera por la suma de $1.120.000.000 (Pesos un mil ciento veinte millones) suscripto por la PROVINCIA DE JUJUY, representada por el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas C.P.N. CARLOS SADIR conforme autorización conferida por Decreto N° 4620-HF-17 y el FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL, representado por su Director Ejecutivo Licenciado FABIAN JUSTO DALL’O, en el marco del Programa de Convergencia Fiscal creado por Resolución N° 99/2017-APN-SECH-MHA y sus modificatorias.-
ARTICULO 2°.-Previa Toma de Razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Oficina de Crédito Público, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Tesorería de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y pase a la Dirección de Trámites y Archivo a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR