BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 11/09/17

Dra. Marisa Eliana Rondon-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 Secretaria N° 6, de la Provincia De Jujuy, Hace Saber al Sr. Ríos Lara, Benigno León que en el Expte. N° C-036621/14, caratulado: “CREDINEA S.A. c/ Ríos Lara Benigno León S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 10 de febrero de 2015.- Por presentado el Dr. Martín Meyer, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de Credinea S.A. atento al Poder juramentado que rola agregada en autos.- Atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 Y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en el domicilio denunciado y en contra del Sr. Benigno León Ríos Lara por la suma de Pesos: nueve mil cincuenta y ocho c/50/100 ($9.058,50), con más la suma de Pesos: dos mil setecientos diecisiete c/55/100 ($2.717,55) presupuestada para responder ulteriores del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario Judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cítesela de remate para que oponga excepciones si las tuviere, dentro del plazo de cinco días, por ante este Juzgado y Secretaria N° 6, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por el mismo termino que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo señalado, se intimara a la demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kms. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art.52 del ítem).- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. oficial de justicia con las facultades inherentes del caso y a quien se librara el correspondiente mandamiento.- Notificaciones en Secretaria MARTES y JUEVES o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.). Fdo. Dr. Ricardo Sebastian Cabana-Juez-Ante mi Dra. Norma Farach de Alfonso-Secretaria- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 152 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- San Salvador de Jujuy, a los 1 días del mes de Marzo del 2017.-

 

11/13/15 SEPT.  LIQ. 11589 $ 360,00.-