BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 31/08/11
Expte. Nº 500-293-2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 ABR. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA
ARTICULO 1º.- Fijase, como sueldo básico del personal docente, de Nivel Inicial y Primario y el Nivel Medio y Superior No Universitario, los consignados en los Anexos I y II, respectivamente.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR








