BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 08/09/17

Dr. R. Sebastian Cabana – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la Sra. Bárbara Alejandra Lago, D.N.I. Nº 24.074.400, que en el Expte Nº B-285.178/12, caratulado: Ejecutivo: Banco Macro S.A. c/ Lago, Bárbara Alejandra”, se dicto el siguiente Proveído de Fs. 62: “San Salvador de Jujuy, 21 de Junio de 2017.- Atento a lo solicitado por el Dr. Martín Ramón Jenefes, líbrense edictos para notificar a la demandada Bárbara Alejandra Lago, D.N.I. Nº 24.074.400, de la resolución de fecha 31/03/2014, recaída a fs. 24/25 de autos. Notifíquese (art. 154 C.P.C.) rfs. Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez Ante mi Dra. Silvia Molina. Prosecretaria.- Resolución de Fs. 24/25 “San Salvador de Jujuy, 31 de Marzo de 2014.- Autos y Vistos;…Resulta:…Considerando:…-Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Banco Macro S. A. en contra de la Sra. Lago, Bárbara Alejandra, D.N.I. Nº 24.074.400, hasta hacerse del integro pago del Capital reclamado, o sea la suma de pesos veintiún mil seiscientos setenta y tres con noventa y seis centavos ($ 21.673,96), con mas los intereses a tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) indemnización por despido incausado y otros rubros; Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”  (L.A 54 Fº 673-678 Nº 235), desde la mora (operada en fecha 10/09/10) y hasta su efectivo pago, mas IVA si correspondiere. 2º) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C.). 3º) Diferir la regulación de honorarios. 4º) Notificar por cedula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez-Ante Mi Dra. María Victoria Nager- Prosecretaria”.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en cinco días.-San Salvador de Jujuy, 21 de Junio de 2.017.-

 

08/11/13 SEPT.  LIQ. Nº 11629 $360,00.-