BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 08/09/17

Modifican Contrato de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada de “GRUPO ACACIA  S.R.L.”.-  En la ciudad de San Salvador de Jujuy Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 08 días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, entre Marcos Latronico, DNI N° 28.157.186, argentino, fecha de nacimiento 01 de junio de 1980, soltero, abogado , con domicilio Manzana  N° 110 Lote 08, del Barrio de Higuerillas, loteo altos del Zapla, de la Localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico marcoslatronico@gmail.com, Luis Manuel Pucheta, DNI N° 30.399.397, argentino, fecha de nacimiento 22 de diciembre de 1983, soltero abogado, con domicilio en Avenida Fascio N° 868, Piso 5, departamento B, de la Localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico drluispucheta@hotmail.com  y BATALLANOS BLAS ADEMAR ROMULO, D.N.I. 18.809.199, nacionalizado argentino, fecha de nacimiento 05 de julio de 1983,  soltero, profesión contador público,  con domicilio en  calle 348  N° 1660, de la Localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico blas_ademar@hotmail.com. Por este acto los únicos socios de la firma modifican de común acuerdo la cláusula segunda – objeto social de la sociedad, la que queda redactada de la siguiente manera: La sociedad tiene por: Realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, una o varias de las siguientes actividades: a) la elaboración almacenamiento, comercialización, servicios y distribución de sustancias alimenticias,  indumentaria en general. Realizar toda actividad lícita de bienes de consumos e insumos en general. Asimismo podrá contratar franquicias de empresas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plenas facultades para efectuar las actividades de importación y exportación, se trate de materias primas, productos semielaborados y/o elaborados. Asimismo la sociedad podrá prestar todos los servicios que fueran necesarios y no prohibidos por la ley que permitan el mejor logro del objeto social como así también servicios profesionales. La sociedad se encuentra facultada para establecer agencias y/o sucursales, en el país y/o en el exterior, como así también adquirir derechos y contraer obligaciones, en un todo conforme a la legislación vigente en materia societaria”.- La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no les sean prohibidos expresamente por las leyes o no le sean imputables en virtud de las disposiciones de este Estatuto.-Las restantes cláusulas del contrato social – con la única excepción de la cláusula “segunda”, modificada por este acto- se mantiene iguales a su originaria redacción. 1) Por este acto los socios facultan expresamente  al Dr. Marcos Latronico, a presentar la modificación  al contrato social, como así también efectuar los trámites de inscripción del mismo en el Registro Público de Comercio de esta Ciudad. San Salvador de Jujuy, 5 de junio de 2017.- ACT. NOT. Nº B 00324656, ESC. PATRICIO LACSI, TIT. REG. Nº 25, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la Publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 11 de Agosto de 2017.-

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

08 SEPT.  LIQ. Nº 11526 $175,00.-