BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 08/09/17

DECRETO Nº 3910-S/2017.-

EXPTE Nº 729-02/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes, a favor del Sr. EDUARDO QUISPE, CUIL 20-20650478-2, en el cargo categoría 2 (c-4), agrupamiento servicios generales, escalafón general, de la U. de R 2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro” de La Quiaca, con retroactividad al 10 de diciembre de 2.015 y por el termino de cuatro (4) años, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.-Téngase por designado en carácter de reemplazante al Sr. MIGUEL ANGEL FLORES, CUIL 20-32230033-7, en el cargo categoría 1 (c-4), agrupamiento servicios generales, escalafón general, de la U. de O.: R 2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro” de La Quiaca, con retroactividad al 1° de enero de 2.016 y mientras dure la ausencia del titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 3°.-Lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la partida General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.017, Ley 6001, que a continuación se indica:

EJERCICIO 2.017:

Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro”.‑

EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):

Deuda pública provincial “03-10-15-01-26 para Pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑

ARTICULO 4°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR