BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 21/11/16
La Dra. María Graciela Sánchez de Bustamante-, Vocal Pte. de trámite (Por habilitación) de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. N° 3, en el Expte. C-017905/13 Ordinario por cobro de Pesos: Tarjeta Naranja S.A c/ Lidia Norma A. Romero, procede a notificar el presente decreto: San Salvador De Jujuy, 05 de Agosto de 2014. Atento el informe actuarial que antecede, dése a la accionada Lidia Norma Andrea Romero, por decaído el derecho que dejó de usar y haciendo efectivo el apercibimiento con que fuera emplazado, téngase por contestada la demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C. y notifíquese en el domicilio real de la demandada, la presente providencia y en lo sucesivo Ministerio Ley. Asimismo, advirtiendo que el demandado no ha sido notificado en persona y una vez firme la notificación de la presente providencia en el domicilio real, vuelva a despacho a los efectos de la designación del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Víctor E. Farfán, Juez, ante mi Dra. Yamila Cazon, Secretaria. Corresponde decreto de fs. 50. San Salvador de Jujuy, 31 de Agosto de 2016. Visto los informes agregados a fs.34/37 y lo solicitado precedentemente, para la notificación de la demandada Lidia Norma Andrea Romero de la providencia de fs. 22, publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días. (Art.162 del C.P. Civil).- Notifíquese. Fdo. Dra. María Graciela Sánchez de Bustamante, Juez (habilitada) ante mi: Dra. Yamila Cazon, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 07 de septiembre de dos mil dieciséis.-
16/18/21 NOV. LIQ. Nº 124451 $270,00.-