BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 17/02/12
DECRETO Nº 7978-DS.-
Expte. Nº 765-1766/08.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ABR. 2011.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se tramita la ratificación del Convenio de Cooperación celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, representado por la Secretaria Ejecutiva, Dra. Maria Matilde Morales y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por su ex -titular Prof. Elva Liliana Josefina Domínguez, en el marco de las actividades del Programa Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales y el Sistema de Identificación y Selección de Familias Beneficiarias de Programas Sociales Nacional- SIEMPRO-SISFAM; y
CONSIDERANDO:
Que, el objetivo del mencionado instrumento, radica en la aplicación de la Ficha Social-versión ampliada, seleccionado en una muestra, y destinado a las realización de visitas en los hogares de las localidades de Calilegua, La Mendieta, Palma Sola, El Fuerte, Vinalito, Humahuaca, H. Yrigoyen, Uquia y Purmamarca;
Que, el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales se creó mediante Decreto Nacional Nº 357/02;
Que, en la órbita del citado organismo se ha aprobado el Plan Nacional de Abordaje Integral, a través del Decreto Nº 621/08, orientado al desarrollo social y humano de las personas, familias y comunidades en situación de alta vulnerabilidad social y en la ejecución de Políticas Públicas Integrales que permitan cumplir acabadamente con los derechos vinculados a la educación, la salud comunitaria, el trabajo, la vivienda, la cultura, la recreación y el acceso a servicios públicos de infraestructuras esenciales;
Que, el programa SIEMPRO-SISFAM, ha desarrollado la Ficha Social-versión ampliada-que mediante su sistema informático, permite establecer la información, diagnóstico y análisis de la porción de pobladores que se encuentran en condición del alta vulnerabilidad socio económicas en zonas rurales como urbanas;
Que, en el Convenio de Cooperación se establece que el Consejo Nacional a través del Programa SIEMPRO-SISFAM se compromete a proporcionar a la Provincia, formularios y material didáctico a los fines de la aplicación de la Ficha Social, capacitación a los actores; coordinación y auditoria general del proceso; criterios para la remisión de las Fichas Sociales al referido programa;
Que, por su parte la Provincia se compromete a convocar y seleccionar a los actores, informando la lista al Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Públicas, para la aplicación, edición y supervisión de las fichas sociales como consecuencia de las vistas seleccionadas en la muestra y conforme la metodología establecida por el programa SIEMPRO-SISFAM;
Que, la vigencia del Convenio de Cooperación será de 80 días hábiles con posibilidad de modificación en caso que las partes así lo concertaran previamente;
Que, el presupuesto, forma y entrega de pago que demande el presente programa, será atendido con fondos provenientes de Nación, no implicando para la provincia erogación alguna que pueda afectar su patrimonio;
Que, asesoría legal de Fiscalía de Estado emite dictámen de competencia a fs. 81/82, el cual es compartido a fs. 82 por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, y a los fines de la regularización administrativas;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Ratificase en todas sus partes el Convenio de Cooperación, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por la Secretaria Ejecutiva, Dra. Maria Matilde Morales y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por su ex -Titular Prof. Elva Liliana Josefina Domínguez, en el marco de las actividades del Programa Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación de Programa Sociales y el Sistema de Identificación y Selección de Familias Beneficiarias de Programas Sociales Nacional-SIEMPRO-SISFAM, de conformidad a lo establecido en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Acta Acuerdo que se aprueba por el Articulo 1º.-
ARTICULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, al Tribunal de Cuentas para su conocimiento. Comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido, archivese.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR