BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 21/11/16
EXPTE. Nº 0200-336/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUN. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase la solicitud de otorgamiento del beneficio previsto por la Ley N° 5502, efectuada por el Agente Categoría 15 (Ley 3161) de la Secretaría General de la Gobernación, ISIDRO ALDERETE, CUIL 20-08190848-7, a tenor de lo expresado en el exordio.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR