BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 04/09/17
EXPTE. N° 1056-13177/10.-
Agreg. 1050-1948/08.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2016.-
EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Dispónese, con retroactividad al 01 de enero de 2016, la recategorización de Segunda a Primera categoría del Bachillerato Provincial N° 3 y su Anexo Comercial Nocturno “Doctor Carlos Marcelo Quevedo Cornejo” de la localidad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.-Modificase la planta de personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2016- como se indica a continuación:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN
EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCION 3 EDUCACION MEDIA Y
TECNICA
Escalafón – L2 PERSONAL DE ESCALFON
DOCENTE- NIVEL MEDIO
SUPRIMESE
Un (1) cargo docente de Director de Segunda Categoría
Dos (2) cargos docentes de Vicedirector de Segunda Categoría
Un (1) cargo docente de Prosecretario de Segunda Categoría
Un (1) cargo docente de Secretario de Segunda Categoría
CREASE:
Un (1) cargo docente de Director de Primera Categoría
Dos (2) cargos docentes de Vicedirector de Primera Categoría
Un (1) cargo docente de Prosecretario de Primera Categoría
Un (1) cargo docente de Secretario de Primera Categoría
ARTICULO 3°.-Modificase el crédito del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – ejercicio.2016, como se indica a continuación:
TRANSFIÉRESE DE:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN
EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCION 3 EDUCACION MEDIA Y
TECNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1-44 Recategorización de Escuelas 84.701,11
PARA REFORZAR:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN
EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCION 3 EDUCACION MEDIA Y
TECNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1-1 SUELDO BASICO 84.701,11
ARTICULO 4°.-Dispónese, a partir del 01 de enero de 2016, la adecuación de los siguientes cargos:
Un (1) cargo docente de Director de Primera Categoría
Dos (2) cargos docentes de Vicedirector de Primera Categoría
Un (1) cargo docente de Prosecretario de Primera Categoría
Un (1) cargo docente de Secretario de Primera Categoría
ARTICULO 5°.-La mayor erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente instrumento legal se atenderá con la siguiente partida presupuestaria de gastos en personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente:
JURISDICCIÓN F MINISTERIO DE EDUCACIÓN
U. de O. 4 SECRETARÍA DE GESTIÓN
EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACIÓN
FUNCION 3 EDUCACION MEDIA Y TECNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1-1 SUELDO BASICO
ARTICULO 6°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. Carlos Guillermo Haquim
Vice-Gobernador de la Provincia
En Ejercicio del Poder Ejecutivo