BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 04/09/17

Por la presente se hace saber que en el Expte. N° D-015040/2016, caratulado: “EJECUTIVO: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. C/ ANTONIO ALFREDO FRIAS”, el Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial N° 8, Secretaria N° 16, Centro Judicial San Pedro de Jujuy, ha dictado la providencia que en su parte pertinente a continuación se transcribe: San Pedro de Jujuy, 13 de Diciembre de 2016.- I.- Atento a lo informado por la Secretaria Electoral de la Provincia a fs. 21, Policía de la Provincia a fs. 34 vta., Informe de Actuación del Oficial de Justicia de fs. 15 vta. y 33 vta. y, habiéndose agotado las diligencias previstas por el art. 162 del Cod. Proc. Civil, notifíquese por edictos al demandado Sr. Antonio Alfredo Frias, DNI. N° 29.976.224, a publicarse por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y Diario Local de la Provincia de Jujuy (arts. 2, 5, 6, 14 del C.P.C.).- II.- Notifíquese y hágase saber que hay diligencia disponible por Mesa de Entrada de esta Secretaria.- Fdo. Dr. JUAN CARLOS CORREA – JUEZ – Ante mi Dra. MARIA FLORENCIA BAIUD – FIRMA HABILITADA – Es copia.- OTRA PROVIDENCIA: SAN PEDRO DE JUJUY, 12 DE AGOSTO DE 2016.- Por presentado al Dr. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR en nombre y representación de la Razón Social CASTILLO SACIFIA, a merito de la Copia de Poder Gral. Para Juicios y por constituido el domicilio legal.- Atento a la demanda ejecutiva deducida por cobro de pesos y lo dispuesto por los arts. 472, 478 y ccs. del C. P. Civil, líbrese en contra del/la demandado/a Sr./a. Antonio Alfredo Frias en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 84/100 ($7.220,84) en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($3.600,00), en concepto de acrecidas de la presente ejecución.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la demandada, hasta cubrir ambas sumas, debiendo nombrar depositario judicial de los mismos al propio afectado y en caso de negativa a tercera persona de responsabilidad y arraigo.- Cíteselo de remate para que en el plazo de CINCO DIAS de notificado, concurra a oponer excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución si así no lo hiciere.- En igual plazo intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de asiento de este Juzgado -3 km- bajo apercibimiento de ser notificado en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- A tales fines, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz que por jurisdicción corresponda.- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente dia hábil en caso de feriado.- NOTIFIQUESE. Dr. Juan Carlos Correa – Juez – Ante mi Dra. Alicia Marcela Aldonate – Secretaria.-Publíquese en el Boletín Oficial y diario local de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días.-San Pedro de Jujuy, 13 de Diciembre de 2016.-

 

04/06/08 SEPT. LIQ. Nº 11594 $360,00.-