BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 01/09/17

DECRETO N° 2888-S/2016.-

EXPTE. N° 741-13/15.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DIC. 2016.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Modificase parcialmente el Artículo 2° del Decreto N° 8704-S-15, Donde Dice: “a partir de la fecha del presente Decreto”, Deberá Decir: “a partir del 1° de diciembre de 2.015”, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.-Modificase el Artículo 3° del Decreto N° 8704-S-15, el que quedara redactado de la siguiente manera:“ARTÍCULO 3°.- Téngase por cumplido el reemplazo efectuado por la Dra. KARINA MARÍA DEL VALLE LOPEZ, CUIL 27-24790903-1, en el cargo categoría A- 30 horas, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, del Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”, durante el período comprendido entre el 12 de Enero de 2015 y el 30 de noviembre de „2015, de conformidad a lo expresado en el exordio.-”

ARTÍCULO 3°.-La erogación emergente del presente Decreto se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto vigente-Ley N° 5877 y su modificatoria N° 5913, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2.016:

Con la respectiva partida de “gasto en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-24  Hospital “Gdor. Ing. Carlos Snopek”.‑

EJERCICIO ANTERIORES (Periodo no Consolidados)

Deuda Pública Provincial, partida “3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicio Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del presente decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑

ARTÍCULO 4°.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y “Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR