BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/17

Dra. Silvia Elena Yecora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 4, en el Expte. N° C-012026/13, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: TARJETAS CUYANAS S.A. C/ TASTACA PAREDES WALTER FRANCISCO” se notifica por este medio al demandado, Sr. TASTACA PAREDES WALTER FRANCISCO, el siguiente PROVEIDO: SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 de NOVIEMBRE de 2015: 1.-Atento a las constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva, en consecuencia y teniendo en cuenta lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado TASTACA PAREDES WALTER FRANCISCO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES C/31/100 CTVS ($ 12.393,31), en concepto de capital, con mas la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS C/65/100 CTVS ($ 6.196;65), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 4, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 2.- Al efecto comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.-  Asimismo, intimase al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).-  3.-  Notifíquese  (Art. 154 del C.P.C.).- FDO. DRA. SILVIA ELENA YECORA, Jueza, Ante mi, DRA. BEATRIZ BORJA, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en CINCO DIAS.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la ultima publicación y el su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de NOVIEMBRE del 2016.-

 

28/30 AGO. 01 SEPT. LIQ. Nº 11511 $360,00.-