BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/17
La Dra. María Rosa Caballero de Aguiar, Vocal de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Presidente de Trámite en el expte. Nº B-265157/11 caratulado :”PRESCRIPCION ADQUISITIVA EN B-243724/10: VELAZQUEZ ADRIAN –MAMANI MARTINA CLAUDIA c/ MONTERREY SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES – JULIAN TERESA “ notifica a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir individualizado como Circunscripción 1, Sección 3, Parcela Fraccion II, Padrón I-643, ubicado en Perchel ó Monterrey – Huacalera – Departamento Tilcara, según Plano de Mensura para Prescripción Adquisitiva aprobado por la Dirección de Inmuebles bajo el Nº 10375, la siguiente providencia : “SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de febrero 2014.- Atento el informe Actuarial de fs. 72, y conforme la incomparecencia del tercero Municipalidad de Tilcara y de los colindantes Faustina Tolaba, Olga Yolana Lacsi é integrantes de la familia Huanuco, ténganse por no afectados sus derechos sobre el inmueble a usucapir. Al escrito de fs. 87: De la demanda ordinaria de prescripción adquisitiva de dominio interpuesta, córrase traslado a la firma Monterrey Sociedad en Comandita por Acciones en el domicilio denunciado y a “todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir” mediante edictos para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles, con más la ampliación de un día en razón de la distancia para el nombrado en primer término, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art.298 del C.P. Civil, Art.531 del C.P. Civil conf. modificación de la ley 5486). Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio de asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivos por Ministerio de ley. Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Publíquense edictos por tres veces, dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y en un diario local. La contestación de demanda de la Sra. Teresa Julian de fs.60/44, téngase presente para cuando contesten los demás accionados. A los fines de la notificación del accionado, líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de Tilcara facultándose para el diligenciamiento al Dr. Pedro Octavio Figueroa y/o la persona que el mismo designe. Además, deberán exhibirse los edictos en el local del Juzgado de Paz de Tilcara correspondiente al inmueble a usucapir y en la Municipalidad de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta días debiendo acreditarse con la certificación respectiva (Conf. art. 535º del C.P. Civil- modif. ley 5486). Conforme lo dispuesto por el art. 536º del C.P. Civil modif. ley Nº 5486, cumpla la actora con la colocación del cartel indicativo conteniendo los datos de la demanda de usucapión con actuación del Sr. Juez de Paz de Tilcara. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. MARIA R.C. DE AGUIAR – PTE. de TRAMITE.-Ante mí : Dra. MARCELA VILTE – SECRETARIA”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos.- (Art.162 del C.P. C).- San Salvador de Jujuy, abril 14 de 2014.-
25/28/30 AGO. LIQ. Nº 11351 $ 360,00.-