BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 11/04/12

Icon_PDF_6DECRETO Nº 9859-I.P.-

EXPTE. N° 613-426/2010.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2011.-

VISTO:

Las disposiciones de la Ley Nº 4681/93 relacionadas con la Extracción, Explotación y Transporte de Áridos, y

CONSIDERANDO:

Que se debe normar el otorgamiento de permiso para desarrollar dicha actividad.

Que hasta la fecha estuvieron vigentes los valores contemplados en la Resolución Nº 006-DHJ/94 y refrendada por Decreto Nº 3394-OP/95;

Que obra en autos informe de División Inspecciones dependiente de la Repartición actuante, el cual adjunta estudio de la evolución de diferentes parámetros que inciden en la explotación de áridos, como asimismo se redetermino  los valores para este tipo de tareas.

Que a fin de ejercer el Poder de Policía a que se refieren las normas legales en vigencia, es indispensable reglamentar las disposiciones que rigen para la Explotación y Transporte de Áridos, como así también las sanciones que se deberán aplicar a los infractores.-

Que Asesoría Legal de Fiscalia de Estado emite dictamen favorable al respecto, criterio que es compartido por la Sra. Coordinadora del Dpto. Asuntos Legales de Fiscalia de Estado

Por ello, y a los fines de su regularización administrativa,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º Ratificase la Resolución Nº 133-DPRH/2011 emitida por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS (FS. 17/21), donde Ad- Referéndum del Poder Ejecutivo, se aprueba a partir del 01 de abril del año 2011 la reglamentación y establecida en los artículos 2 a 11, respectivamente, para la Extracción Explotación y Transporte de material inerte y su aplicación dentro de los limites provinciales, como así también las penalidades a sus infractores.-

ARTÍCULO 2º Previa toma de Razón por Fiscalia de estado, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y a Dirección de Prensa. Por Secretaria General de la Gobernación remítase copia a conocimiento de Tribunal de Cuenta. Pase a Dirección Provincial de Recursos Hídricos a sus efectos.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

Gobernador