BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 18/08/17

DECRETO N° 1560-ISPTyV/2016.-

EXPTE. N° 600-433/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUN. 2016.-

VISTO:

El Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de Nación, la Secretaría de Vivienda y Hábitat y el Gobierno de la Provincia de Jujuy para la construcción de Viviendas, Urbanización de Barrios Vulnerables y Mejoramiento del Hábitat, suscripto en fecha 17 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

La necesidad de reactivar las obras pendientes de culminación y reasignar fondos enviados con destino al pago de viviendas construidas en el marco de los Programas Federales de Integración Socio Comunitaria, de Emergencia Habitacional para Viviendas en Ejecución, implementados mediante convenios celebrados con anterioridad, entre el Gobierno Nacional y La Provincia de Jujuy;

Que el Convenio de Colaboración aludido precedentemente, fija el marco legal de donde convergen las facultades necesarias para poner en marcha la reactivación de las obras de construcción de viviendas y demás soluciones habitacionales pendientes de culminación;

Que asimismo, se debe establecer el organismo del Estado que intervenga en la referida reactivación de las obras y otorgarle, a la vez, potestades necesarias y suficientes para el cumplimiento de los fines propuestos;

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Facúltese al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a suscribir los convenios específicos con Nación que sean necesarios para obtener los fondos que requiere la culminación de todas aquellas obras habitacionales, construcción de viviendas, urbanización de barrios vulnerables y mejoramiento del, hábitat en la Provincia de Jujuy.‑

ARTÍCULO 2°.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus demás efectos. Cumplido, archívese.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR