BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 11/05/12
EXP. Nº 600-1006/11.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2011.-
VISTO:
Este expediente, caratulado: “RENE JESÚS EL JADUE – MARTÍN DURBAN JORGE – S/OFRECIMIENTO DE TIERRAS UBICADAS EN LOS ALISOS – ALTO COMEDERO”, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Acuerdo Nº 9190-H/2011 por el cual se implementa en todo el territorio Provincial, el Plan de Emergencia “Un Lote para cada Familia Jujeña que lo necesite”, prevé la adjudicación de un lote fiscal a cada familia jujeña que acredite la residencia en la Provincia y localidad correspondiente; demostrando cumplir con los requisitos de la Ley Nº 3169 como los del referido instrumento administrativo.
Que la operatividad del referido plan, requiere la disposición por parte del Estado de tierras de su propiedad, e incluso si fuera necesario disponer la adquisición de tierras.
Que en el presente expediente se tramita la adquisición de tierras en el marco del plan de emergencia antes referido, que serán destinadas a cumplir con la finalidad del mismo, implicando ello la relocalización de asentamientos irregulares cuya situación de riesgo, por las condiciones que presentan, deben ser resueltos con la mayor urgencia posible.
Que los señores Rene Jesús El Jadue y Martin Durbal Jorge presentaron al Ministerio de Infraestructura y Planificación una oferta de venta de una fracción a disgregarse del inmueble individualizado del inmueble que poseen en condominio individualizado como Padrón A-96881, Matricula A-73230, Parcela 1156, Circ. 5, Secc. 2, del departamento Dr. Manuel Belgrano, en el marco del procedimiento establecido en Decreto Nº 9323-I.P./2011.
Que obra en autos Acta de la Comisión de Trabajo para la Adquisición de Tierras creada por Ley Nº 5397.
Que el Tribunal de Tasaciones de la Provincia de Jujuy, mediante Acta Nº 378/2011 valuó la fracción del terreno individualizado anteriormente, en la suma de $ 240.000,00 la hectárea de tierra en las condiciones que se encuentra.
Que mediante Nota del Sr. Ministro de Infraestructura y Planificación, se realiza una propuesta al Sr. Martin Durbal Jorge de adquirir una cantidad de CIENTO CINCUENTA HECTAREAS (150 HAS) a disgregarse del inmueble individualizado anteriormente, por una suma de Pesos Doscientos Mil con 00/100 ($200.000) la hectárea.-
Que dicha propuesta es aceptada por parte de los titulares dominiales del inmueble mediante promesa irrevocable de venta presentada al Sr. Ministro de Infraestructura y Planificación de fecha 14/11/2011, incorporada a estos obrados.
Que obra incorporado Certificado de No Inundabilidad expedido por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y el Plano de Mensura de Fracción debidamente aprobado por la Dirección de Inmuebles mediante Resolución Nº 11613 de fecha 10 de noviembre de 2011, por una cantidad de Ciento Cincuenta Hectáreas e individualizado como Circ. 5, Secc. 2, Parcela 1170, Padrón A-98566.
Que se encuentra agregado el correspondiente Estudio de Título del inmueble ofrecido en venta al Estado Provincial.
Que Asesoría Legal de Fiscalía de Estado emite dictamen, aconsejando la compra, criterio que es compartido por el Sr. Fiscal de Estado.
Que sobre el particular, emiten informe de su competencia Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, correspondiendo en tal sentido disponer la modificación presupuestaria requerida.
Que se ha cumplido el proceso determinado por el Art. 3º de la Ley Nº 5397/2003, Decreto Nº 9190-H/2011, Decreto Nº 9323-I.P./2011 y Art. 54 inc. K del Decreto Ley Nº 159-G/57 que habilita la adquisición por la metodología de Compra Directa.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley 5669, Ejercicio 2011, conforme al siguiente detalle:
TRANSFERIR DESDE:
JURISDICCIÓN: “K” – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
FINALIDAD: 9 – GASTOS A CLASIFICAR
FUNCIÓN: 1 – A CLASIFICAR POR DISTRIBUCIÓN
SECC. 2 – EROGACIONES DE CAPITAL $ 30.000.000
SECT. 8 – A CLASIFICAR $ 30.000.000
PPAL. 11 – CRÉDITO ADICIONAL P/FCIAR. EROG DE CAPITAL $ 30.000.000
PCIAL. 1 – Crédito Adicional p/Financiar Erogaciones de Capital $ 30.000.000
PARA REFORZAR:
JURISDICCION: “Q” – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACIÓN
UDO 1 – MINISTERIO
FINALIDAD: 1 – ADMINISTRACIÓN GENERAL
FUNCION: 7 – ADMINISTRACION GENERAL SIN DISCRIMINAR
SECC. 2 – EROGACIONES DE CAPITAL $ 30.000.000
SECT. 6 – BIENES PREEXISTENTES $ 30.000.000
PPAL. 9 – BIENES PREEXISTENTES $ 30.000.000
PCIAL. 1 – Bienes Preexistentes $ 30.000.000
ARTICULO 2º.- Autorícese a la Secretaría de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, a adquirir en forma directa el inmueble individualizado como Parcela 1170, Padrón A-98566, Circunscripción 5, Sección 2, ubicado en Los Alisos, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, con una superficie de 150 Has 000,87 m2 de propiedad de los Sres. Rene Jesús EL JADUE, L.E. 7285645; Teresa Dolores SADIR, L.C. 6435077; Héctor Freddy MORALES, D.N.I. 14453201; Mario Ramón PUIG, L.E. 8201455; Miguel Ángel GIUBERGIA, D.N.I. 10853302; Carlos A. TOCONAS, D.N.I. 14089953; Pedro Teofilo LOZANO, D.N.I. 8191096; Hugo Daniel ZAMAR, D.N.I. 11935893; Raul Alberto GARCIA GOYENA, L.E. 4980937; Daniel ALMIRON, D.N.I. 11207977; Martin Durbal JORGE, D.N.I. 11207293 y Luis Héctor DE LA ZERDA, D.N.I. 14553893, en la suma de $ 200.000 por Ha. con un monto total de: PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100 ($ 30.000.000), por las razones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- Determínese que el inmueble cuya adquisición se dispone por el artículo anterior, será destinado a los fines previstos en el Decreto Acuerdo Nº 9190-H-2011 y conforme Ley Nº 5397.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 2º del presente Decretose atenderá con imputación a la siguiente partida presupuestaria:
EJERCICIO 2011:
JURISDICCIÓN: “Q” MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANIFICACION
U de O.: 1 Ministerio
FINALIDAD: 1 ADMINISTRACIÓN GENERAL
FUNCIÓN: 7 Administración General sin Discriminar
SECCIÓN: 2 EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR: 6 BIENES PREEXISTENTES
Part. Ppal.: 9 BIENES PREEXISTENTES
Part. Pcial.:1 Bienes Preexistentes………. $ 30.000.000
ARTÍCULO 5º.- La Secretaría de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, deberá previo a gestionar pago alguno por la compra del inmueble autorizada por el Art. 2º, a arbitrar los medios necesarios para que el mismo se encuentre libre de ocupantes y/o cosas y que los oferentes presenten los Certificados de Libre Deuda, exigibles según la naturaleza de la compra venta.-
ARTÍCULO 6º.- Autorícese a Escribanía de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio del inmueble cuya adquisición se dispone por el artículo 1º del presente dispositivo.-
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura y Planificación y de Hacienda.-
ARTÍCULO 8º.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6, Ley Nº 5397.-
ARTÍCULO 9º.- Previa Toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio Infraestructura y Planificación. Dése a Boletín Oficial para su publicación –en forma integral-. Pase a la Unidad de Gestión Provincial del plan de emergencia “Un lote para cada familia jujeña que lo necesite”, Dpto. Contable MIP, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, siga a Secretaría General de la Gobernación y Escribanía de Gobierno.-
WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR