BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 21/09/11
EXPTE. Nº 765-1216/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 FEB. 2011.-
VISTO
Las presentes actuaciones por las que se tramita la aprobación del CONVENIO DE EJECUCION PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA-ABORDAJE FEDERAL” suscripta en fecha 26 de Julio de 2010, entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, representado por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación institucional, Dr. SERGIO ALEJANDRO BERNI y el Gestión y Articulación Institucional, Dr. SERGIO ALEJANDRO BERNI y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por el Sr. Ministro Interino Dr. DIEGO MANUEL ORELLANA; y
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado Convenio tiene por objeto financiar acciones tendientes a mejorar la calidad de vida de grupos poblacionales de la Provincia de Jujuy que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad socio-económica, a través de la implementación del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria;
Que dicho objetivo se materializa con la adquisición de alimentos sin costo asociado alguno para los beneficiarios del plan, a través de la distribución de módulos alimentarios y de la utilización de tarjetas sociales de bandas magnéticas habilitadas por comercios adheridos dentro de la Jurisdicción;
que, la asistencia alimentaría prioriza y favorece a las familias en condiciones de indigencia, con niños menores de 14 años y/o mayor números de hijos a cargo, discapacitados, personas mayores de 60 años sin cobertura social y embarazadas en estado de desnutrición, que habiliten en condiciones socialmente desfavorables y de vulnerabilidad nutricional;
Que , el acuerdo se suscribe de conformidad a lo establecido en la ley Nº 25.724; los Decretos PEN Nº 1018 de fecha 28 de abril de 2003 y 901 de fecha 8 de octubre de 2003, la Ley 26.563 y la Resolución MDS Nº 2040/03;
Que, a Fs 63 y 64 vta. Asesoria Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs. 72 por la coordinación del Departamento de Asunto Legales de Fiscalia de Estado de cuyos términos de desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;
Por ello, en uso de las Facultades que le son propias;
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Ratificase en todas sus partes el CONVENIO DE EJECUCION PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA-ABORDAJE FEDERAL” suscripta en federal 26 de Julio de 2010, celebradas entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, representado por el Sr. Secretario de Gestión y Articulación Institucional, Dr. SERGIO ALEJANDRO BERNI y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por el Sr. Ministro Interino Dr. DIEGO MANUEL ORELLANA, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio de Ejecución que se aprueba por el Articulo precedente.-
ARTICULO 3º.- Desé intervención a la Legislatura de la Provincia de Jujuy de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 123 inciso 34 de la Constitución Provincial.-
ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalia de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, al Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en formal integral, desé al Registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaria General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia y Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido archívese.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR