BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 09/09/16

Dra. María del Pilar Medina-Juez de Menores Nº 1 de la Provincia de Jujuy, en la causa Nº 350/2012 carat.: “Zapana, Ubaldo Ciro Isaac; Leiva Ismael Brian y otro p.s.a. robo con arma y en poblado y en banda en concurso ideal-Ciudad.-”, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 140º del Código Procesal Penal, procede por el presente a notificar a los inculpados Zapana, Ubaldo Ciro Isaac (a) Saso; Leiva Ismael Brian (a) Bandido, que en la causa de mención se ha dictado la siguiente dispositiva: “San Salvador de Jujuy, 05 de Septiembre de 2016.- Atento al estado de la causa, cítese por edictos por tres (3) veces en cinco (5) días al inculpado Zapana, Ubaldo Ciro Isaac (a) Saso, de 21 años de edad, argentino, sin profesión, nacido el 03/01/1995,en esta ciudad capital, D.N.I. Nº 38.655.405, con domicilio en calle Zabala Nº 328 Bº Belgrano de esta ciudad, hijo de María Julia Jerónimo (v) y de Ciro Zapana (f), P.P. Nº 430.781-SS.- y al inculpado Leiva, Ismael Brian (a) Bandido, de 15 años de edad, argentino, estudiante, nacido el 31/03/2001, en esta ciudad Capital, D.N.I. Nº 43.211.186, con domicilio en calle Zabala Nº 328 Bº Belgrano de esta ciudad, hijo de Zapana Nidia Elizabeth (v) y de Cesar Augusto Leiva (v); para que se presente a estar a derecho en el término de cinco días a partir de la última publicación, ante este Juzgado de Menores Nº 1, Secretaria Penal y Contravencional, bajo apercibimiento de la Declaración de Rebeldía en caso de incomparencia sin causa debidamente justificada (Art. 140 del C.P.P.). Fdo.: Dra. María del Pilar Medina-Juez; ante mi Dr. José María López García- Pro Secretario Técnico de Juzgado.- Secretario Penal y Contravencional”.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, por  tres veces en cinco días.- Secretaria Penal y Contravencional.- Septiembre 05 de 2016.-

 

09/12/14 SEPT. S/C.-