BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 06/06/12

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5701

ARTICULO 1.- Apruebase el Convenio para la Adhesión al Sistema Nacional de Información de los Registros de la Propiedad Inmueble, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y refrendado por Decreto Nº 9506-H-11.-

ARTICULO 2.   Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Mayo de 2012.-

 

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Guillermo Raúl Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-132/2012.-

CORRESP. LEY Nº 5701.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 Junio 2012.-

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese,  publiquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal  de Cuentas, Contaduría de la Provincia,  Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial; Escribanía de Gobierno; Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHIVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador