BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 22/06/12
DECRETO Nº 317-G.-
EXPTE. N° 200-16/2012.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAR. 2012.-
VISTO:
La competencia asignada al Poder Ejecutivo mediante Ley Nº 5693, ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO, y lo propuesto por el señor Secretario General de la Gobernación, a efectos del reordenamiento de sus dependencias, y,
Considerando:
Que actualmente los vuelos en aeronaves de propiedad del Estado Provincial, se realizan bajo la modalidad “Vuelvo Privado” producto de la coordinación de las Autoridades de Gobierno y el personal de pilotos;
Que resulta necesaria la creación de una dependencia gubernamental que tenga designadas funciones especificas referidas a la aeronáutica provincial y nacional a fin de posibilitar su inserción en la estructura de funcionamiento de la Administración Nacional de Aviación Civil ( ANAC);
Que la mencionada Coordinación, bajo la dependencia orgánica de la Secretaria General de la Gobernación tendrá como principal objetivo la supervisión y organización de las operaciones aéreas realizadas por las aeronaves del Gobierno Provincial, así como la administración de los recursos humanos e infraestructura concernientes a la aeronavegación, en forma coordinada con los Organismos Nacionales y Provinciales mediante acciones comunes, compatibilizando los intereses de las distintas jurisdicciones involucradas;
Que los recursos necesarios para su implementación se encuentran contemplados en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme surge del informe de Dirección Provincial de Presupuesto obrante a fs. 06 de autos;
Por ello y, en uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitución de la Provincia, Articulo 5º y 43 de la Ley Nº 5693,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Coordinación de Aeronáutica Provincial dependiente de la Secretaria General de la Gobernación.-
ARTICULO 2º.- Dispónese que la Coordinación de Aeronáutica Provincial tendrá como misión intervenir, controlar y dirigir todo lo concerniente a aeronavegación en aeronaves de propiedad del Gobierno Provincial, así como asesorar al Poder Ejecutivo en todos los asuntos vinculados a dicha actividad.-
ARTICULO 3º.- Modificase la Planta de Personal de la U. de O. A-2 Secretaría General de la Gobernación previsto en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, en forma que se indica a continuación.-
SUPRÍMASE:
U DE O. A-2 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
CARGO Nº DE CARGOS
Personal Jerárquico Fuera de
Escala 1
Coordinador Total 1
CREASE:
JURISDICCIÓN: A-2 SECRETARIA GRAL. DE LA GOBERNACIÓN
CARGO Nº DE CARGOS
Personal Jerárquico Fuera de Escala Coordinador de
Aeronáutica 1
TOTAL 1
ARTICULO 4º.- Establécese que la Coordinación de Aeronáutica Provincial estará a cargo de un Coordinador, cuya remuneración será equivalente a la de Director General.-
ARTICULO 5º.- Asignase a la Coordinación de Aeronáutica, las funciones consignadas en el ANEXO I que forma parte integrante del presente.-
ARTICULO 6º.- Autorízase a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia a realizar las transferencias de créditos que resulten necesarias.-
ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda.-
ARTICULO 8º.- Previa Toma de Razón por Fiscalia de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase sucesivamente a conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva a Secretaria General de la Gobernación a sus efectos.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador