BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 22/06/12

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DECRETO Nº 317-G.-

EXPTE. N° 200-16/2012.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAR. 2012.-

VISTO:

La competencia asignada al Poder Ejecutivo mediante Ley Nº 5693, ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO, y lo propuesto por el señor Secretario General de la Gobernación, a efectos del reordenamiento de sus dependencias, y,

Considerando:

Que actualmente los vuelos en aeronaves de propiedad del Estado Provincial, se realizan bajo la modalidad “Vuelvo Privado” producto de la coordinación de las Autoridades de Gobierno y el personal de pilotos;

Que resulta necesaria la creación de una dependencia gubernamental que tenga designadas  funciones especificas referidas a la aeronáutica provincial y nacional a fin de posibilitar su inserción en la estructura de  funcionamiento de la Administración Nacional de Aviación Civil ( ANAC);

Que la mencionada Coordinación, bajo la dependencia orgánica de la Secretaria General de la Gobernación tendrá como principal objetivo la supervisión y organización de las operaciones aéreas realizadas por las aeronaves del Gobierno Provincial, así como la administración de los recursos humanos e infraestructura concernientes a la aeronavegación, en forma coordinada con los Organismos Nacionales y Provinciales  mediante acciones  comunes, compatibilizando los intereses de las distintas jurisdicciones involucradas;

Que los recursos necesarios para su implementación se encuentran contemplados en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme surge del informe de Dirección Provincial de Presupuesto obrante a fs. 06 de autos;

Por ello y, en uso de las atribuciones que le confiere el Articulo 137º de la Constitución de la Provincia, Articulo 5º y 43 de la Ley Nº 5693,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Coordinación de Aeronáutica Provincial dependiente de la Secretaria General de la Gobernación.-

ARTICULO 2º.- Dispónese que la Coordinación de Aeronáutica Provincial tendrá como misión intervenir, controlar y dirigir todo lo concerniente a aeronavegación en aeronaves de propiedad del Gobierno Provincial, así como asesorar al Poder Ejecutivo en todos los asuntos vinculados a dicha actividad.-

ARTICULO 3º.- Modificase la Planta de Personal de la U. de O. A-2 Secretaría General de la Gobernación previsto en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, en forma que se indica a continuación.-

SUPRÍMASE:

U DE O. A-2 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

CARGO         Nº DE CARGOS

Personal Jerárquico Fuera de

Escala              1

Coordinador  Total 1

CREASE:

JURISDICCIÓN: A-2 SECRETARIA GRAL. DE LA GOBERNACIÓN

CARGO       Nº DE CARGOS

Personal Jerárquico Fuera  de Escala Coordinador de

Aeronáutica    1

TOTAL          1

ARTICULO 4º.-  Establécese que la Coordinación de Aeronáutica Provincial estará a cargo de un Coordinador, cuya remuneración será equivalente a la de Director General.-

ARTICULO 5º.- Asignase a la Coordinación de Aeronáutica, las funciones consignadas en el ANEXO I que forma parte integrante del presente.-

ARTICULO 6º.- Autorízase a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia a realizar las transferencias de créditos que resulten necesarias.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda.-

ARTICULO 8º.- Previa Toma de Razón por Fiscalia de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese  publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase sucesivamente a conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva a Secretaria General de la Gobernación a sus efectos.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador